Red de Respuestas Legales - Consulta de información - ¿Están protegidos por ley los certificados emitidos dentro de los seis meses siguientes al anuncio de adquisición de tierras? Según información relevante, los certificados emitidos dentro de los seis meses siguientes al anuncio de adquisición del terreno están protegidos por ley. Debido a que el anuncio de adquisición de terrenos está limitado a seis meses, la unidad de construcción debe solicitar completar los procedimientos de aprobación del terreno de construcción a más tardar seis meses después de que se complete la respuesta de emergencia, y los documentos completados durante este período están protegidos por la ley. Los anuncios previos a la adquisición de tierras a menudo se emiten junto con planes de compensación y reasentamiento previos a la adquisición de tierras, que es la función de solicitar opiniones sobre la expropiación. Desde una perspectiva jurídica, no hay un impacto sustancial en la contraparte administrativa. Sin embargo, no debe subestimarse. Si ve el anuncio previo y tiene alguna objeción, debe enviarla por escrito formal a la autoridad emisora.

¿Están protegidos por ley los certificados emitidos dentro de los seis meses siguientes al anuncio de adquisición de tierras? Según información relevante, los certificados emitidos dentro de los seis meses siguientes al anuncio de adquisición del terreno están protegidos por ley. Debido a que el anuncio de adquisición de terrenos está limitado a seis meses, la unidad de construcción debe solicitar completar los procedimientos de aprobación del terreno de construcción a más tardar seis meses después de que se complete la respuesta de emergencia, y los documentos completados durante este período están protegidos por la ley. Los anuncios previos a la adquisición de tierras a menudo se emiten junto con planes de compensación y reasentamiento previos a la adquisición de tierras, que es la función de solicitar opiniones sobre la expropiación. Desde una perspectiva jurídica, no hay un impacto sustancial en la contraparte administrativa. Sin embargo, no debe subestimarse. Si ve el anuncio previo y tiene alguna objeción, debe enviarla por escrito formal a la autoridad emisora.