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¿Son legalmente vinculantes los contratos internos de los proyectos de construcción?

Análisis legal: La validez de la contratación interna de un proyecto de construcción depende principalmente de si el contratista de la contratación interna tiene las calificaciones para contratar proyectos de construcción. Los contratos sin calificaciones no son válidos. La contratación interna, un modelo de negocio muy utilizado. La contratación interna significa que la empresa constructora firma un contrato interno con el director del proyecto o el personal del departamento de gestión del proyecto. La empresa constructora es responsable de la supervisión de la calidad, la tecnología, la seguridad y las finanzas. El contratista organiza las personas, las finanzas y los materiales para completar. la construcción del proyecto contratado e implementa una contabilidad independiente y un modelo de negocio que es responsable de sus propias pérdidas y ganancias y paga una determinada tarifa de gestión a la empresa.

Base jurídica: interpretación de las cuestiones jurídicas aplicables en el juicio de casos de controversia sobre contratos de construcción de proyectos de construcción Artículo 1 Un contrato de construcción de proyectos de construcción se considerará inválido, de conformidad con el artículo 153, párrafo 1, de la Ley General Principios de las disposiciones del derecho civil: (1) El contratista no ha obtenido la calificación de una empresa de construcción o excede el nivel de calificación; (2) Un constructor real no calificado toma prestado el nombre de una empresa de construcción calificada para la construcción; que deben licitar no se licitan o la oferta no es válida. Si un contratista subcontrata o subcontrata ilegalmente una obra de construcción y firma un contrato de construcción con otros, el contrato de construcción se ajustará a lo dispuesto en el párrafo primero del artículo 153 y en el párrafo segundo y tercer párrafo del artículo 791 de los Principios Generales del Derecho Civil. estipula que debe considerarse inválido.