Red de Respuestas Legales - Consulta de información - Si ya me declaré culpable y cumplí mi sentencia, ¿puedo apelar?

Si ya me declaré culpable y cumplí mi sentencia, ¿puedo apelar?

Se puede seguir apelando, pero esta situación es un abuso del derecho de apelación, que no sólo destruye el espíritu del contrato, sino que daña a la autoridad judicial, y afecta gravemente el sano funcionamiento del sistema de declaración de culpabilidad y sanción. Por lo tanto, si el imputado niega los hechos del delito que se le imputa, no cumple activamente con las obligaciones de disculpa, devolución e indemnización contenidas en la declaración escrita y presenta recurso de apelación, el órgano fiscal podrá presentar protesta si se dan las condiciones para la misma. se cumplen. En segundo lugar, si el acusado apela sin motivos justificables después de haber presentado una recomendación de sentencia precisa a la fiscalía, en principio debería protestar. Sería inapropiado impugnar el rango de sentencia del fiscal y la recomendación de sentencia, y si el acusado apela después de que el tribunal haya impuesto un rango medio o superior a la línea.

Opiniones orientativas sobre la indulgencia para quienes se declaran culpables y aceptan el castigo:

1. Aclarar los principios básicos que deben respetarse al aplicar el sistema de indulgencia para quienes se declaran culpables y aceptan el castigo. castigo. Esto incluye implementar la política criminal de combinar indulgencia con severidad, adherirse a la proporción de delitos y castigos, adherirse a sentencias basadas en evidencia y adherirse al principio de coordinación y restricción entre los tres órganos de seguridad pública, procesamiento y justicia.

2. Aclarar el alcance y condiciones de aplicación del sistema de indulgencia para la confesión. Declararse culpable y aceptar el castigo se aplica a todas las etapas de la investigación, el procesamiento y el juicio, y puede aplicarse a todos los casos penales. Sin embargo, la aplicación de "podrá" no es uniforme. Las autoridades judiciales deciden si se debe ser indulgente después de declararse culpable en función de las circunstancias específicas del caso.

3. Aclarar el significado de “indulgencia”. La indulgencia incluye tanto la indulgencia sustantiva como la simplificación procesal. "Puede ser indulgente" significa que debe ser indulgente en general, pero no en todos los casos. Se deben distinguir las diferentes etapas del litigio, el valor de determinar los hechos del caso, la gravedad del delito y considerar de manera integral el límite y el grado de indulgencia.

4. Aclarar la protección de los derechos de defensa de los sospechosos e imputados de delitos y la protección de los derechos e intereses de las víctimas. Al abordar casos de confesión y castigo, es necesario garantizar que los sospechosos y acusados ​​de delitos reciban asistencia jurídica eficaz y escuchar las opiniones de las víctimas y sus representantes en el litigio. Las agencias de asistencia jurídica pueden asignar abogados de turno en los tribunales populares, las fiscalías populares y los centros de detención. Los abogados de turno pueden reunirse con sospechosos y acusados ​​de delitos, y pueden revisar los expedientes del caso desde la fecha de revisión y procesamiento por parte de la Fiscalía Popular.

Después de firmar la declaración de culpabilidad y castigo, no continúe apelando. Por un lado, la sentencia de segunda instancia contra el sospechoso es muy desfavorable y el derecho a la indulgencia puede ser revocado. Por lo tanto, antes de firmar una confesión de culpa y arrepentimiento, debe discutirlo con un abogado a tiempo antes de firmar.

Base jurídica

Ley de Procedimiento Penal

Artículo 183. El plazo para los recursos y protestas contra una sentencia es de diez días, y el plazo para los recursos y protestas contra una sentencia es de cinco días, contados a partir del día siguiente de la recepción de la sentencia o resolución.

Artículo 180: Los imputados, los fiscales privados y sus representantes legales que no estén satisfechos con las sentencias de primera instancia y los fallos de los tribunales populares locales de todos los niveles tienen derecho a apelar por escrito u oralmente ante el tribunal popular en el siguiente nivel superior. El defensor del imputado y sus familiares cercanos podrán apelar con el consentimiento del imputado.

Las partes involucradas en litigios civiles incidentales y sus representantes legales podrán apelar contra la parte de litigios civiles incidentales de las sentencias y fallos de primera instancia de los tribunales populares locales de todos los niveles.