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¿Cuáles son las reglas detalladas para la conmutación y la libertad condicional en 2006?

Reglamento procesal sobre conmutación y libertad condicional en prisiones

Orden del Ministerio de Justicia de la República Popular China

Nº 77

"Reglamento procesal sobre conmutación y libertad condicional en prisiones

Orden del Ministerio de Justicia de la República Popular China

No. Libertad condicional en prisiones" fue emitida el 7 de octubre de 2003. Fue adoptada en la reunión de oficina del Ministro de Justicia de Japón y por la presente se anuncia y entrará en vigor el 1 de mayo de 2003.

Ministro Zhang

2 de abril de 2003

Capítulo 1 Disposiciones generales

El artículo 1 es para regular los procedimientos de conmutación de prisión y libertad condicional. Estas normas se formulan de conformidad con las disposiciones pertinentes de la "Ley Penal de la República Popular China", la "Ley de Procedimiento Penal de la República Popular China" y la "Ley Penitenciaria de la República Popular China" y en combinación con la práctica real de la ejecución de penas.

Artículo 2 Las prisiones solicitarán la conmutación y la libertad condicional de acuerdo con las condiciones y procedimientos prescritos por la ley, seguirán los principios de apertura, equidad e imparcialidad e implementarán sistemas de revisión colectiva y rendición de cuentas del responsable.

Artículo 3 Respecto de la conmutación y libertad condicional de un delincuente que haya sido condenado a pena de prisión de duración determinada, la prisión hará recomendaciones y las presentará al Tribunal Popular Intermedio del lugar donde el delincuente esté cumpliendo su condena. para gobernar.

Artículo 4 Se propondrá la conmutación de la pena de un delincuente que haya sido condenado a muerte con suspensión de ejecución de dos años, o la conmutación y la libertad condicional de un delincuente que haya sido condenado a cadena perpetua por la prisión, y previa revisión y aprobación por la oficina de administración penitenciaria de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central, el delincuente será sometido a cumplir su pena por el Tribunal Superior Popular local.

Artículo 5 La prisión establecerá un comité de revisión de conmutación y libertad condicional, que estará compuesto por el subdirector a cargo y los jefes de los departamentos pertinentes, como ejecución de penas, gestión penitenciaria, educación y reforma, vida y la salud y la investigación y supervisión penitenciaria. El director será el subdirector encargado. El comité de revisión de conmutación de prisión y libertad condicional tendrá no menos de 7 miembros.

Artículo 6: Cuando un centro penitenciario presenta una solicitud de conmutación o libertad condicional, está sujeto a la deliberación colectiva del subdistrito y de la junta de rectoría. Cuando el centro penitenciario presenta una solicitud de conmutación o libertad condicional, lo hará. es revisado por el comité de revisión de la prisión y decidido por la reunión de la oficina del director.

Las oficinas penitenciarias de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central revisan las recomendaciones de conmutación y libertad condicional. El subdirector a cargo convocará a los departamentos pertinentes, como el de ejecución de penas, para su revisión e informará al director. para su aprobación, en caso de ser necesario, podrá convocarse a reunión de dirección para la toma de decisiones.

Capítulo 2 Procedimientos penitenciarios para solicitar conmutación y libertad condicional

Artículo 7 Al solicitar conmutación o libertad condicional, todos los agentes de policía celebrarán una reunión en el subdistrito y discutirán los términos y condiciones de la pena estipuladas en la ley se hacen sugerencias sobre el desempeño del personal durante el cumplimiento de sus penas, y después de ser revisadas y aprobadas por la reunión de la oficina del director de la prisión, se presentan al departamento de ejecución de penas de prisión (administración penitenciaria) para su consideración. revisar.

Para los subdistritos directamente dependientes de la prisión o para los distritos penitenciarios sin subdistritos, todos los agentes de policía realizarán una deliberación colectiva y propondrán recomendaciones de conmutación y libertad condicional, que serán informadas a la autoridad de ejecución de penas penitenciarias (administración penitenciaria). ) departamento para revisión.

La deliberación colectiva de los subdistritos, subdistritos directos o distritos carcelarios sin subdistritos, así como la revisión de la reunión del despacho del director, deberán constar por escrito y firmada por los participantes.

Artículo 8 Al solicitar conmutación o libertad condicional de un distrito penitenciario y sus subdistritos directamente afiliados, se deberán presentar los siguientes materiales:

(1) Revisión de la conmutación penal (libertad condicional) formulario;

(2) Actas de la reunión de la oficina del director o registros de deliberación colectiva de los subdistritos y prisiones directamente bajo la jurisdicción;

(3) Copias de sentencias, fallos y antecedentes sentencias del Tribunal de Apelación Final sobre conmutación de sentencias;

(4) Lista de calificación y evaluación criminal, formulario de aprobación de recompensa y castigo, formulario de identificación criminal y otros materiales de certificación relevantes.

Artículo 9: Después de recibir materiales de los delincuentes que pretenden solicitar la conmutación o la libertad condicional, el departamento de ejecución de penas de prisión (administración penitenciaria) revisará los siguientes asuntos:

(1) Presentado materiales Si es completo, completo y estandarizado;

(2) Determinar si el criminal realmente se ha arrepentido o ha realizado servicios meritorios o ha realizado servicios meritorios importantes;

(3) Si la conmutación y las recomendaciones de libertad condicional son apropiadas;

(4) Si el criminal cumple con las condiciones legales de conmutación y libertad condicional.

Una vez que el departamento de ejecución de penas (administración penitenciaria) complete la revisión, emitirá opiniones de revisión y las presentará al comité de revisión de conmutación de prisión y libertad condicional para su revisión junto con los materiales presentados por el distrito penitenciario o directamente afiliado. distrito subcarcelario.

Artículo 10 El comité de revisión de conmutación y libertad condicional de prisión convocará una reunión para revisar las recomendaciones de conmutación y libertad condicional presentadas por el departamento de ejecución de penas (administración penitenciaria). La reunión deberá contar con un acta escrita firmada por los participantes.

Artículo 11: Luego de la revisión, el comité de revisión de conmutación y libertad condicional de prisión publicará en la prisión la lista de delincuentes que pretenden solicitar conmutación o libertad condicional y sus opiniones sobre la conmutación y libertad condicional. El plazo de publicidad es de 7 días hábiles. Durante el período de publicidad, si la policía o los delincuentes tienen objeciones al contenido de la publicidad, la prisión la presentará a la Junta de Revisión de Conmutación y Libertad Condicional para su revisión y notificará los resultados de la revisión.

Artículo 12: Luego de que la prisión presente al comité de revisión de conmutación y libertad condicional para completar los procedimientos de revisión y publicidad, deberá presentar la propuesta y el informe de revisión a la reunión de la oficina del director de la prisión para su revisión y decisión.

Artículo 13: Si el director decide solicitar la conmutación o la libertad condicional, el director deberá firmar un dictamen en el formulario de aprobación de la conmutación penal (libertad condicional), sellarlo con el sello oficial del centro penitenciario y El departamento de ejecución de penas de prisión (administración penitenciaria) preparará una recomendación de conmutación o de libertad condicional de conformidad con la ley y la presentará junto con los materiales pertinentes al Tribunal Popular para su decisión.

Si los delincuentes enumerados en el artículo 4 de este reglamento deciden solicitar la conmutación o la libertad condicional, la prisión deberá presentar el "Formulario de aprobación de conmutación de condena (libertad condicional)" junto con los materiales pertinentes a la provincia, región autónoma o oficina de administración penitenciaria del municipio para su revisión.

Artículo 14 Cuando un centro penitenciario solicite al Tribunal Popular que se pronuncie sobre conmutación o libertad condicional, deberá presentar los siguientes materiales:

(1) Solicitud de conmutación de pena o solicitud de libertad condicional;

(2) Copias de la sentencia, fallo y resoluciones anteriores del Tribunal de Primera Instancia sobre conmutación de pena;

(3) Prueba escrita de hechos específicos que demuestren el arrepentimiento o servicio meritorio;

( 4) Formulario de identificación criminal y formulario de aprobación de recompensa y castigo.

Si los delincuentes enumerados en el artículo 4 de este reglamento solicitan la conmutación o la libertad condicional, deberán presentar además el "Formulario de Aprobación de Conmutación (Libertad Condenada)" firmado por la dirección penitenciaria de la provincia, región autónoma o municipio. directamente bajo el Gobierno Central.

Artículo 15 Cuando un centro penitenciario solicite al Tribunal Popular la conmutación o la libertad condicional, éste deberá notificarlo por escrito a la Fiscalía o Fiscalía Popular.

Capítulo 3 Procedimientos para que las agencias de administración penitenciaria revisen las recomendaciones de conmutación y libertad condicional

Artículo 16 Después de recibir los materiales presentados por la prisión, las direcciones de administración penitenciaria de las provincias, regiones autónomas y Los municipios directamente dependientes del Gobierno Central convocarán a los departamentos pertinentes, como la Oficina de Ejecución de Penas (Oficina de Gestión Penitenciaria), para su revisión. Si durante la revisión se determina que los materiales presentados por la prisión están incompletos o son cuestionables, se notificará a la prisión para que presente los materiales pertinentes o proporcione explicaciones.

Artículo 17: Una vez finalizada la revisión, el subdirector encargado de la gestión penitenciaria presentará los dictámenes de revisión al director para su revisión y aprobación para casos mayores o penales con otras circunstancias especiales, que podrá recomendar; convocar a una reunión de la oficina del director para revisar y tomar decisiones.

Si la Oficina de Administración Penitenciaria aprueba la solicitud de conmutación o libertad condicional de un criminal, el director deberá firmar su opinión en el formulario de aprobación de conmutación (libertad condicional) del criminal y sellarlo con el sello oficial de la Oficina de Administración Penitenciaria.

Capítulo 4 Disposiciones Complementarias

Artículo 18 Quien viole las disposiciones legales y las disposiciones de conmutación y libertad condicional, recibirá las sanciones administrativas que correspondan al responsable según las circunstancias si se constituye delito; La responsabilidad penal se perseguirá conforme a la ley.

Artículo 19: Las cárceles directamente dependientes del Ministerio de Justicia manejan los procedimientos de conmutación y libertad condicional de acuerdo con este reglamento; si los delincuentes enumerados en el artículo 4 de este reglamento solicitan conmutación o libertad condicional, deben presentarlo a la Administración Penitenciaria. Oficina del Ministerio de Justicia para su revisión.

Artículo 20 Corresponde a la interpretación de esta disposición el Ministerio de Justicia.

Artículo 21 El presente reglamento entrará en vigor el 6 de mayo de 2003.

(Fuente: sitio web del Ministerio de Justicia)