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¿Son los acuerdos de código abierto legalmente vinculantes?

Subjetividad jurídica:

Un acuerdo tendrá efectos jurídicos cuando cumpla las condiciones especificadas en el artículo 143 del Código Civil. El artículo 143 del Código Civil estipula que los actos jurídicos civiles son válidos si cumplen las siguientes condiciones: (1) El actor tiene la correspondiente capacidad para la conducta civil (2) La manifestación de la intención es verdadera; (3) No viola; Leyes y reglamentos administrativos Las disposiciones obligatorias no violan el orden público y las buenas costumbres. El artículo 153 estipula que los actos jurídicos civiles que violen las disposiciones imperativas de las leyes y reglamentos administrativos son nulos. Sin embargo, las disposiciones imperativas no invalidan los actos jurídicos civiles excepto aquellos. Son nulas las acciones judiciales civiles que atenten contra el orden público y las buenas costumbres.