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¿Es ilegal besar a alguien?

Besar a otra persona es ilegal y viola la Ley de Castigos de la Administración de Seguridad Pública. Para buscar estimulación sexual y satisfacer su deseo sexual pervertido, el perpetrador toca el cuerpo de otros, lo cual es un acto obsceno. El comportamiento indecente hacia niños menores de 14 años, incluso si el menor es consensuado, puede considerarse comportamiento indecente. Forzar un beso mediante violencia, coacción u otros medios constituye un delito de obscenidad y dará lugar a una pena de prisión.

Primero, cómo sancionar el delito de obscenidad

Estándares de sentencia:

1. Actos obscenos cometidos por medios distintos de las relaciones sexuales con fines de estimulación o satisfacer el deseo sexual. El delito de obscenidad sólo se refiere al acto de cometer por la fuerza un acto obsceno contra la voluntad de un hombre, mujer o niño mediante violencia, amenazas u otros medios. Las circunstancias son graves y constituyen un delito.

2. La obscenidad se refiere a besar, abrazar y masturbar a otras personas, y no incluye las relaciones sexuales. Pero el acoso a los hombres puede incluir el adulterio.

Castigo de la obscenidad

1. El que moleste por la fuerza a otra persona o insulte a una mujer mediante violencia, coerción u otros métodos será condenado a pena privativa de libertad no superior a cinco años. o detención penal.

2. Será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco años ni mayor de quince años el que cometa cualquiera de las siguientes circunstancias:

(1): Indecente. agresión a otros.

(2) Reunir una multitud para pelear o abusar sexualmente de otros en público.

Quienes abusen de niños serán severamente castigados de conformidad con lo dispuesto en los dos párrafos anteriores.

Base jurídica: artículo 237 de la "Ley Penal"

Quien utilice violencia, coerción u otros métodos para molestar por la fuerza a otros o insultar a mujeres será condenado a pena de prisión de duración determinada de no más de cinco años o detención penal. El que reúna una multitud para pelear en un lugar público o cometa el delito mencionado en el párrafo anterior, o que concurra otras circunstancias graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco años. Quienes molesten a niños serán severamente castigados de conformidad con lo dispuesto en los dos párrafos anteriores.