Elementos constitutivos del delito de quebrantamiento de la ley para beneficio personal
(1) Elementos del objeto
El objeto de este delito son las actividades normales de los órganos judiciales del país y de los órganos judiciales del país. justicia. Los órganos judiciales manejan los casos de conformidad con la ley y hacen cumplir estrictamente la ley, que es un proceso específico para lograr la justicia y la equidad plasmadas en el derecho penal nacional. Si el personal de los órganos judiciales viola la ley, violará los requisitos justos de la ley, obstaculizará gravemente las actividades judiciales normales del país y, al mismo tiempo, socavará la equidad judicial.
(B) Factores objetivos
El aspecto objetivo de este delito es el comportamiento del perpetrador de violar la ley para beneficio personal y violar la ley en actividades judiciales penales. El favoritismo se refiere a torcer la ley para buscar intereses personales y pequeños intereses colectivos; el favoritismo se refiere a torcer la ley a partir de sentimientos personales, que se manifiesta principalmente como cuidar las relaciones o sentimientos personales, proteger a familiares y amigos, o desahogar la ira y la venganza. El derecho penal exige "doblar la ley y doblar la ley para beneficio personal", cuyo objetivo es excluir de este delito los juicios erróneos causados por el bajo nivel jurídico del personal judicial y la comprensión incompleta de los hechos y los errores de juicio causados por acciones integrales y negligentes; generalmente se considera como "violar la ley para beneficio personal".
(3) Elementos principales
El sujeto de este delito es un sujeto especial, es decir, el personal judicial. Según el artículo 94 del Código Penal, por personal judicial se entiende el personal encargado de la investigación, el procesamiento, el juicio y la supervisión. Incluye investigadores de los departamentos de seguridad pública, seguridad nacional, prisiones, seguridad militar y la Fiscalía Popular; la Fiscalía Popular incluye fiscales de fiscalías especializadas como la Fiscalía de Transporte Ferroviario y la Fiscalía Forestal y jueces del Tribunal Popular;
Según la "Interpretación sobre varias cuestiones relativas a la aplicación de las leyes en el tratamiento de casos de favoritismo y negligencia" de 1996, emitida por la Fiscalía Popular Suprema el 4 de junio, el personal profesional y técnico de los órganos judiciales también puede convertirse en sujeto de este crimen.
(4) Factores subjetivos
El aspecto subjetivo de este delito sólo puede constituirse intencionalmente. Existe un motivo para infringir la ley para beneficio personal. Si el autor impone intencionadamente un veredicto de culpabilidad a una persona inocente, o una pena más leve por un delito grave, o una pena más severa por un delito menor. Si los resultados anteriores son causados por negligencia, no pueden ser castigados como delito.