¿Es gratuito para los hogares pobres presentar y presentar demandas?
Las políticas varían según la ubicación. Algunos lugares han dirigido sistemas de asistencia jurídica a hogares pobres. Cualquiera que cumpla las condiciones para solicitar asistencia jurídica gratuita está exento del requisito previo de revisión de dificultades económicas y puede litigar de forma gratuita.
Datos ampliados; el artículo 1 de las Medidas para el Pago de Honorarios Litigantes se basa en la "Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China" (en adelante, la "Ley de Procedimiento Civil") y la " Ley de Litigios Administrativos de la República Popular China" (en adelante, la "Ley de Litigios Administrativos"). Estas Medidas se formulan de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley).
Artículo 2 Cuando las partes entablen un litigio civil o administrativo, deberán pagar los honorarios del litigio de conformidad con estas Medidas. Se podrán hacer excepciones cuando el pago de honorarios procesales no sea requerido o exento según lo dispuesto en estas Medidas.
Artículo 8: No se cobran derechos de admisión de casos en los siguientes casos: (1) Casos tramitados de conformidad con los procedimientos especiales previstos en la Ley de Procedimiento Civil (2) Casos declarados no admitidos; desestimación del proceso o recurso de apelación; (3) casos de apelación contra la sentencia de inadmisibilidad, desestimación del proceso y objeción de competencia; (4) casos de compensación administrativa;
Artículo 44 Si una parte tiene dificultades reales para pagar los honorarios del litigio, podrá solicitar al Tribunal Popular una reparación judicial de conformidad con estas Medidas para diferir, reducir o renunciar al pago de los honorarios del litigio. La exención de costas judiciales sólo se aplica a las personas físicas.
Artículo 45: Si una parte solicita reparación judicial y se encuentra en cualquiera de las siguientes circunstancias, el tribunal popular concederá la exención del pago de los honorarios del litigio: (1) La persona discapacitada no tiene una fuente fija de sustento. (2) pensión alimenticia, recurso para honorarios de manutención, honorarios de enfermería y pensiones; (3) beneficiarios de seguridad mínima de vida, beneficiarios regulares de ayuda a la pobreza rural, beneficiarios rurales de cinco garantías o personas que reciben beneficios de seguro de desempleo y no tienen otros ingresos; (4) Aquellos que actúan con valentía por la justicia o Para proteger los intereses públicos, sus derechos e intereses legítimos se ven perjudicados, y la persona o sus familiares cercanos solicitan una compensación o compensación (5) Otras circunstancias que realmente necesitan ser exentas; . Artículo 46 Si una parte solicita reparación judicial y se encuentra en cualquiera de las siguientes circunstancias, el tribunal popular concederá una reducción o exención de los honorarios del litigio: (1) La parte está recibiendo ayuda social debido a fuerza mayor, como desastres naturales, o la la producción y operación familiar son insostenibles; (2) aquellos que pertenecen a los objetos de atención preferencial y reasentamiento estipulados por el estado; (3) instituciones de bienestar social y estaciones de gestión de rescate (4) otras situaciones donde la reducción o exención es realmente necesaria; Si el tribunal popular aprueba la reducción o exención de las costas del litigio, el índice de reducción no será inferior al 30%.