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Socios y fundadores de despachos de abogados

Un modelo cooperativo de despacho de abogados, en el que varios abogados abren un despacho de abogados juntos.

Son los socios abogados. La forma de responsabilidad de los socios se refiere a la forma en que los socios asumen la responsabilidad de las deudas de la sociedad, es la característica que distingue a la sociedad de la empresa jurídica.

Como inversores en una empresa colectiva, los socios tienen derechos y obligaciones en la empresa.

Los confusos términos de tres y cinco años se refieren a las diferentes formas de dirigir una firma de abogados y a los diferentes años de práctica requeridos. Abogados con más de cinco años de experiencia práctica en una firma individual y capacitados. Para ejercer a tiempo completo en una firma asociada son Abogados con más de tres años de experiencia ejerciendo y con capacidad para ejercer a tiempo completo.

Artículo 7 de las “Medidas para la Administración de Estudios de Abogados” Para constituir un estudio de abogados de sociedad colectiva, además de cumplir las condiciones previstas en el artículo 6 de estas Medidas, también se deberán cumplir las siguientes condiciones:

(1) Existe un acuerdo de sociedad escrito;

(2) Hay tres o más socios como fundadores;

(3) El fundador debe tener más de tres años de experiencia profesional y poder trabajar a tiempo completo como abogados en ejercicio;

Artículo 9 Para establecer una firma de abogados individual, además de cumplir las condiciones estipuladas en el artículo 6 de estas Medidas, se deberán cumplir las siguientes También deben cumplirse las siguientes condiciones:

(1) Establecimiento La persona debe ser un abogado con más de cinco años de experiencia en el ejercicio y capaz de ejercer a tiempo completo;

"Medidas Administrativas para Sociedades de Abogados" 26 de febrero de 2009

Artículo 6 Constitución de Sociedades de Abogados Una firma debe cumplir las siguientes condiciones:

(1) Tener nombre, dirección y estatutos propios; (2) Tener un acuerdo de asociación escrito;

(3) ) tener más de 3 socios;

Artículo 11 Los socios deben cumplir las siguientes condiciones:

( 1) Obtener un certificado de ejercicio de abogado de tiempo completo de conformidad con la ley;

(2) Tener más de cinco años de experiencia práctica;

(3) No haber recibido ningún título administrativo. Pena superior al cese del ejercicio en los tres años anteriores a la incorporación a la sociedad.