Interpretación judicial del delito de quebrantamiento de la ley para beneficio personal
El delito de torcer la ley para beneficio personal significa que el personal judicial torce la ley para beneficio personal, provocando que las personas que saben que están inocentes para ser procesados, protegiendo deliberadamente a personas que saben que son culpables de ser procesados, o en casos penales, violando deliberadamente hechos y leyes y tomando decisiones equivocadas durante las actividades del juicio.
Este delito tiene por objeto las actividades normales de los órganos judiciales nacionales. Objetivamente hablando, se trata de un acto de manipulación de la ley para beneficio personal en un proceso penal.
El sujeto de este delito es un sujeto especial, es decir, el personal judicial. Subjetivamente, es intencional y la negligencia no constituye este delito. El Código Penal estipula que quien cometa este delito será condenado a pena de prisión de no más de cinco años o detención penal si las circunstancias son graves, será condenado a pena de prisión de no menos de cinco años; no más de diez años, si las circunstancias son especialmente graves, será condenado a pena privativa de libertad no inferior a diez años;
Base jurídica
Derecho penal de la República Popular China
Artículo 399: El personal judicial que viola la ley para beneficio personal durante las actividades de juicio penal sabe a sabiendas que no tienen derecho a Si una persona que es culpable de un delito es procesada y deliberadamente protege a una persona que sabe que es culpable de ser procesada, o emite un juicio incorrecto que viola los hechos y la ley, será sentenciado a penas fijas. pena de prisión de no más de cinco años o detención penal si las circunstancias son graves, será condenado a una pena de prisión de no menos de cinco años pero no más de 10 años; si las circunstancias son especialmente graves, el infractor deberá; será condenado a pena privativa de libertad no menor de diez años.
El delito de error de apreciación de causas civiles administrativas. En las actuaciones judiciales civiles o administrativas, quienes deliberadamente violen los hechos y la ley y dobleguen la ley, si las circunstancias son graves, serán condenados a pena privativa de libertad no superior a cinco años o prisión penal si las circunstancias son especiales; graves, serán sancionados con pena privativa de libertad no menor de cinco años ni mayor de diez años.
Ejecutar sentencias y resoluciones sobre delitos de incumplimiento de deberes, y ejecutar sentencias y resoluciones sobre delitos de abuso de poder. En la ejecución de sentencias o fallos, quien sea gravemente irresponsable o abuse de su poder, no adopte medidas de preservación del litigio de conformidad con la ley, no cumpla con las obligaciones legales de cumplimiento o tome ilegalmente medidas de preservación del litigio o medidas de ejecución, causando grandes pérdidas. a los intereses de las partes o de otros, será condenado a cinco años de prisión. La siguiente pena de prisión o detención penal si causa daños especialmente graves a los intereses de la parte interesada o de otros, será condenado a pena fija; pena de prisión no menor de cinco años ni mayor de diez años.
Si un funcionario judicial comete los hechos previstos en los tres primeros párrafos por aceptar sobornos, lo que simultáneamente constituye un delito previsto en el artículo 385 de la Ley de Costas, será condenado y sancionado conforme a lo dispuesto en la Ley de Costas. penas más severas.