Reglamento de gestión de seguridad del transporte de pasajeros por carretera de la Región Autónoma Zhuang de Guangxi
El transporte de pasajeros por carretera (en adelante, transporte de pasajeros) tal como se menciona en este reglamento incluye el transporte de pasajeros en autobús, el transporte de pasajeros fletado, el transporte de pasajeros turísticos, el transporte de pasajeros en taxi y otros transportes de pasajeros. Artículo 3 El departamento de gestión y supervisión de la seguridad del transporte de pasajeros proporcionará servicios de información sobre la gestión de la seguridad del transporte de pasajeros para facilitar las consultas de los operadores de transporte de pasajeros.
El departamento de gestión del tráfico del órgano de seguridad pública es responsable de proporcionar información básica, información ilegal e información sobre accidentes a los conductores de vehículos de pasajeros.
Las autoridades de transporte por carretera son responsables de proporcionar información sobre las calificaciones de los conductores de autobuses.
El departamento de gestión y supervisión de la seguridad de la producción proporcionará información sobre sanciones de seguridad de la producción a los operadores de transporte de pasajeros y su personal relevante. Artículo 4 Los operadores de transporte de pasajeros establecerán un sistema de responsabilidad de producción de seguridad, organizarán inspecciones periódicas de producción de seguridad, organizarán educación y capacitación en conocimientos de seguridad para los conductores e informarán periódicamente sobre situaciones de producción de seguridad a las agencias de gestión del transporte por carretera. Artículo 5 Los operadores de transporte de pasajeros establecerán un sistema de quejas de seguridad en el transporte de pasajeros y publicarán el número de teléfono de quejas y el número de teléfono de supervisión del departamento de supervisión y gestión de seguridad del transporte de pasajeros en sus instalaciones comerciales y autobuses operativos. Artículo 6 Los operadores de transporte de pasajeros instalarán y utilizarán sistemas operativos de gestión de tecnología de seguridad de vehículos de pasajeros y sistemas de monitoreo de posicionamiento por satélite para fortalecer el monitoreo en tiempo real de los vehículos de pasajeros en funcionamiento. Los turismos en funcionamiento deberían estar equipados con un tacógrafo y el intervalo de recogida de datos del tacógrafo no excederá los 15 días. Los autobuses que operen con una línea unidireccional de más de 200 kilómetros deben estar equipados con sistemas de posicionamiento por satélite y la tasa de monitoreo de vehículos en línea debe ser al menos del 90%.
El departamento de gestión y supervisión de la seguridad del transporte de pasajeros puede utilizar sistemas de posicionamiento por satélite y datos de registradores de conducción para comprobar rápidamente las situaciones ilegales de los conductores de autobuses de pasajeros y corregir y abordar actos ilegales de acuerdo con la ley. Artículo 7 Los operadores de transporte de pasajeros capacitarán al personal de gestión de seguridad de la producción de acuerdo con la reglamentación y sólo podrán asumir sus puestos después de aprobar el examen.
El departamento de gestión del tráfico del órgano de seguridad pública y la agencia de gestión del transporte por carretera proporcionarán periódicamente formación sobre conocimientos y capacidades de gestión de la seguridad de la producción al responsable principal del operador de transporte de pasajeros y al responsable de producción de seguridad. Artículo 8 Si un operador de transporte de pasajeros tiene dos o más accidentes de tráfico en los que mueren tres o más personas en un año o un accidente de tráfico en el que mueren seis o más personas en un año y tiene responsabilidad total, responsabilidad principal o igual responsabilidad, deberá No se le permitirá hacerlo dentro del año siguiente a la fecha del accidente. Solicitar nuevas líneas o participar en licitaciones de líneas. Artículo 9 Si una línea de transporte de pasajeros tiene más de 400 kilómetros de ida (600 kilómetros en una carretera), el operador de transporte de pasajeros deberá proporcionar más de dos conductores para operar los autobuses de pasajeros. Artículo 10 Los operadores de transporte de pasajeros establecerán paradas para conductores en rutas de transporte de pasajeros con una longitud de sentido superior a 600 kilómetros. Los vehículos de pasajeros en funcionamiento deberán detenerse en las paradas y los conductores deberán cambiar de turno y descansar. Si las líneas de pasajeros de un solo sentido superan los 1.200 kilómetros, se añadirá una escala para conductores cada 600 kilómetros.
Los operadores de transporte de viajeros deberán establecer puntos de escala en las rutas de pasajeros que operen autobuses durante más de 3 horas y menos de 4 horas. Los autobuses en funcionamiento deberán parar en la estación y el tiempo de descanso del conductor no será inferior a 20 minutos.
Los operadores de transporte de pasajeros deben hacer tablones de anuncios públicos para las paradas intermedias (puntos) de las líneas de autobús y colocarlos en lugares destacados en los vehículos de pasajeros en funcionamiento. Artículo 11: Implementar un sistema de registro para que los conductores de vehículos de pasajeros descansen en las paradas (puntos). Cuando un autobús de pasajeros en funcionamiento se detiene en una parada (punto) de descanso establecida en una ruta, el conductor debe registrarse para descansar en esa parada (punto).
Los pasajeros deben cooperar con el conductor del autobús para descansar en la estación (punto) y pueden supervisar al conductor para que no conduzca fatigado. Artículo 12 Cuando un operador de transporte de pasajeros contrate la conducción de un conductor, el conductor deberá cumplir con las siguientes normas:
(1) Si la línea de transporte de pasajeros tiene más de 400 kilómetros en un sentido (600 kilómetros en la carretera), el conductor no debe conducir dos veces menos de 2 horas;
(2) El tiempo de conducción real acumulado dentro de 24 horas no deberá exceder las 8 horas (la conducción nocturna no deberá exceder las 6 horas). Artículo 13 Cuando los autobuses de pasajeros que operen fuera de la comunidad autónoma ingresen al área administrativa de la comunidad autónoma, el conductor deberá cumplir con las normas sobre conducción por fatiga. Si el autobús ha estado conduciendo durante más de 3 horas, deberá detenerse cerca y descansar. durante no menos de 20 minutos. Artículo 14 Los operadores de transporte de pasajeros deben cumplir con las siguientes regulaciones al contratar conductores de transporte de pasajeros:
(1) Para conducir un autobús de pasajeros de un solo sentido que opere una línea de menos de 400 kilómetros, se deben tener más de 3 años de experiencia de conducción, y en los últimos 3 años no ha ocurrido ningún accidente de tránsito mortal con igual responsabilidad;
(2) Quien conduzca un vehículo de pasajeros en una línea de transporte de pasajeros de sentido único de más de 400 kilómetros Debe tener más de 3 años de experiencia en la conducción de vehículos de pasajeros y ningún accidente en los últimos 3 años. Accidente de tránsito fatal. Artículo 15 Cuando un operador de transporte de pasajeros contrate a un conductor, éste deberá evaluar sus habilidades de conducción y proporcionar no menos de cinco días de capacitación previa al empleo sobre conocimientos de seguridad y ética profesional. Una vez superada la formación, sus camareros deberán disponer de no menos de 5 turnos o no menos de 3 días de prácticas. Artículo 16 Los conductores de autobuses deberán respetar las leyes de tránsito y las normas de seguridad de producción. Artículo 17 Los departamentos de gestión y supervisión de la seguridad del transporte de pasajeros publicarán oportunamente información sobre la seguridad del transporte de pasajeros de acuerdo con sus respectivas responsabilidades. La radio, la televisión, los periódicos y otros medios deben publicar de forma gratuita y oportuna la información sobre seguridad de los pasajeros requerida por el departamento de gestión de seguridad de los pasajeros.