Red de Respuestas Legales - Consulta de información - Tres condiciones para imponer derechos antidumping

Tres condiciones para imponer derechos antidumping

Las condiciones para imponer derechos antidumping son: el precio de exportación del producto investigado es inferior al valor normal; la industria nacional que produce productos similares en el país importador está legalmente perjudicada y existe una relación causal entre las exportaciones a bajo precio; y daños a la industria nacional del país importador.

Base jurídica

Artículo 48 del “Reglamento Antidumping de la República Popular China”

El período de recaudación de los derechos antidumping y la ejecución el período de los compromisos en materia de precios no excederá de cinco años; sin embargo, si en el examen se determina que la terminación de la percepción de derechos antidumping puede dar lugar a la continuación o reaparición del dumping y del daño, el período para la percepción de derechos antidumping; podrá ampliarse convenientemente.

Artículo 49

Después de que los derechos antidumping entren en vigor, el Ministerio de Comercio puede decidir revisar la necesidad de continuar imponiendo derechos antidumping si tiene razones legítimas; un período razonable Transcurrido un cierto período de tiempo, a solicitud de la parte interesada y luego de revisar las pruebas correspondientes aportadas por la parte interesada, también podrá decidir revisar la necesidad de continuar cobrando derechos antidumping.

Una vez que el compromiso de precio entre en vigor, el Ministerio de Comercio podrá decidir revisar la necesidad de continuar cumpliendo el compromiso de precio si tiene motivos legítimos después de un plazo razonable, a solicitud del interesado; partes, y Luego de revisar las pruebas correspondientes aportadas por las partes interesadas, se puede decidir revisar la necesidad de continuar cumpliendo el compromiso de precio.