Disposiciones de la ley sobre violación 73
Artículo 236 El que violare a una mujer mediante violencia, coacción u otros medios, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años. Cualquiera que viole a una niña menor de catorce años será severamente castigado por el delito de violación. Cualquiera que viole a una mujer o viole a una joven en cualquiera de las siguientes circunstancias será condenado a pena de prisión fija no inferior a diez años, cadena perpetua o pena de muerte: (1) Viole a una mujer o viole a una joven y las circunstancias son atroces; (2) Viola a una mujer o viola a varias niñas; (3) Viola a mujeres en público en lugares públicos; (4) Viola en grupo a dos o más personas; (5) Causa lesiones graves o la muerte; u otras consecuencias graves para la víctima. Según las "Disposiciones complementarias sobre la aplicación de los delitos tipificados en el derecho penal" emitidas por el Tribunal Popular Supremo y la Fiscalía Popular Suprema el 15 de marzo de 2002, este delito es "violación" y el "delito de violación de una niña menor de edad". " ha sido cancelado. El delito de violación se refiere al acto de tener relaciones sexuales por la fuerza con una mujer o violar a una joven mediante violencia, coacción u otros medios contra su voluntad. Medios violentos significa que el perpetrador utiliza métodos como golpear y atar para coaccionar físicamente a la víctima, haciendo que la víctima no pueda resistir medios coercitivos significa que el perpetrador amenaza e intimida a la víctima e implementa coerción mental, como matar a la víctima o a sus familiares; familiares, exponiendo su intimidad, etc. Otros medios se refieren a aprovechar el coma de la mujer, una enfermedad grave, etc. para cometer adulterio. Según la interpretación judicial emitida por el Tribunal Popular Supremo en 2003, si el perpetrador utiliza violencia, coerción u otros medios, independientemente de si la otra parte está de acuerdo o no, debe considerarse violación. En cuanto al sujeto del delito, según el artículo 17 del Código Penal, toda persona que haya cumplido catorce años y cometa el delito de violación incurrirá en responsabilidad penal. Leyes y reglamentos pertinentes: respuestas del Tribunal Popular Supremo, la Fiscalía Popular Suprema y el Ministerio de Seguridad Pública a varias preguntas sobre la aplicación específica de las leyes en el tratamiento de casos de violación; explicaciones del Tribunal Popular Supremo sobre cuestiones relevantes en el juicio de; casos de violación; y la explicación del Tribunal Popular Supremo sobre la falta de conocimiento y la insatisfacción del perpetrador14 Respuesta a la pregunta de si las relaciones sexuales voluntarias con una niña de un año constituyen un delito de violación.
Objetividad jurídica:
Artículo 236 de la "Ley Penal" quien viole a una mujer mediante violencia, coacción u otros medios será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años. pero no más de diez años. Cualquiera que viole a una niña menor de catorce años será severamente castigado por el delito de violación. Cualquiera que viole a una mujer o viole a una joven en cualquiera de las siguientes circunstancias será condenado a pena de prisión fija no inferior a diez años, cadena perpetua o pena de muerte: (1) Viole a una mujer o viole a una joven y las circunstancias son atroces; (2) Viola a una mujer o viola a varias niñas; (3) Viola a mujeres en público en lugares públicos; (4) Viola en grupo a dos o más personas; (5) Causa lesiones graves o la muerte; u otras consecuencias graves para la víctima.