Red de Respuestas Legales - Consulta de información - Medidas provisionales para la tramitación de las opiniones deliberativas del Comité Permanente del Congreso Popular de la Prefectura Autónoma de Mongolia de Bayingoleng

Medidas provisionales para la tramitación de las opiniones deliberativas del Comité Permanente del Congreso Popular de la Prefectura Autónoma de Mongolia de Bayingoleng

Artículo 1 Con el fin de mejorar aún más la calidad de las deliberaciones en las reuniones del Comité Permanente del Congreso Popular de la Prefectura Autónoma de Mongolia de Bayingolin (en adelante, el Comité Permanente), hacer cumplir estrictamente los procedimientos para el manejo de las opiniones de deliberación y mejorar la efectividad del manejo de las opiniones deliberadas, de conformidad con los "Congresos Populares Locales a Todos los Niveles de la República Popular China" y las disposiciones de la Ley Orgánica de los Gobiernos Populares a todos los Niveles, la Ley de Supervisión del Comité Permanente del Congreso Popular de la República Popular China, las Medidas de la Región Autónoma Uygur de Xinjiang para la Implementación de la Ley de Supervisión del Comité Permanente del Congreso Popular de la República Popular China y el Comité Permanente del Congreso Popular de la Región Autónoma Uygur de Xinjiang Región "Reglamento del Comité", estas medidas se formulan en base a las condiciones reales de la prefectura autónoma. Artículo 2 El término "dictámenes de deliberación" mencionado en estas Medidas se refiere a los informes de trabajo especiales del Gobierno Popular de la Prefectura Autónoma, el Tribunal Popular Intermedio y la Fiscalía Popular que están siendo escuchados y revisados ​​por el Comité Permanente, los informes de ejecución presupuestaria; y auditar los informes de trabajo; escuchar y revisar el informe de inspección de aplicación de la ley del Comité Permanente del Congreso Popular de la Prefectura Autónoma; escuchar y revisar los informes sobre la ejecución del Congreso Popular de la Prefectura Autónoma y las opiniones sobre las decisiones y resoluciones de su Comité Permanente. Artículo 3 Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la clausura de la reunión del Comité Permanente, los comités especiales pertinentes del Congreso Popular o los órganos de trabajo pertinentes del Comité Permanente recopilarán exhaustivamente los discursos pronunciados en la reunión y presentarán el primer borrador del Los dictámenes de deliberación del Comité Permanente, los cuales serán revisados ​​por los dirigentes encargados del Comité Permanente, sometidos a la reunión de directores para su estudio y determinación. Se informará al director o subdirector del Comité Permanente para su revisión y aprobación, y se formará un dictamen de deliberación, el cual será remitido por la Oficina del Comité Permanente al Gobierno Popular de la Prefectura Autónoma, al Comité Popular Intermedio. Tribunal y la Fiscalía Popular para su estudio y tramitación. Artículo 4 El Gobierno Popular de la Prefectura Autónoma, el Tribunal Popular Intermedio y la Fiscalía Popular realizarán un estudio especial sobre los dictámenes de deliberación del Comité Permanente y, dentro de los seis meses siguientes a la fecha de recepción de los dictámenes de deliberación (si hay otros plazos, se aplicará el plazo), Comentarios por escrito al Comité Permanente sobre situaciones relevantes estudiadas y manejadas.

El informe sobre la revisión y tramitación de opiniones debe ser realista, exhaustivo y objetivo. El contenido del informe debe incluir: la situación y los resultados de la investigación y el procesamiento, ideas y medidas para trabajos futuros, y problemas y razones que deben explicarse. Los informes estudiados y procesados ​​por el gobierno popular de la prefectura autónoma serán revisados ​​y aprobados por la reunión ejecutiva del gobierno. El informe del tribunal popular intermedio de la prefectura autónoma sobre el estudio y tramitación del caso será revisado y aprobado por la reunión del comité judicial. El informe de la Fiscalía Popular de la Prefectura Autónoma sobre su investigación y tramitación será revisado y aprobado por la reunión del Comité Procurador. Artículo 5 El Gobierno Popular de la Prefectura Autónoma, el Tribunal Popular Intermedio y la Fiscalía Popular solicitarán las opiniones de los comités especiales pertinentes del Congreso del Pueblo de la Prefectura Autónoma o de los órganos de trabajo pertinentes del Comité Permanente antes de presentar un informe escrito sobre el manejo. de dictámenes de deliberación al Comité Permanente. El comité especial correspondiente o el órgano de trabajo del comité permanente lo considera necesario y, con el consentimiento del líder responsable, puede organizar investigaciones o inspecciones sobre situaciones relevantes. Artículo 6 Si, por circunstancias especiales, el Gobierno Popular de la Prefectura Autónoma, el Tribunal Popular Intermedio o la Fiscalía Popular no pueden presentar un informe escrito sobre la tramitación de los dictámenes de deliberación al Comité Permanente dentro del plazo prescrito, podrán Solicitar a la Asamblea de Directores una prórroga. Después de su aprobación, la prórroga podrá ampliarse, pero la prórroga del informe no podrá exceder de dos meses. Artículo 7 En cuanto al tratamiento de los dictámenes de revisión escritos presentados por el Gobierno Popular de la Prefectura Autónoma, el Tribunal Popular Intermedio y la Fiscalía Popular, la Asamblea de Directores deberá estudiarlos con prontitud y decidir si los somete a la próxima reunión del Comité Permanente para su revisión. Si se considera necesario, también se puede devolver a la agencia informadora para su posterior procesamiento. El plazo para su posterior procesamiento es de dos meses. Artículo 8 Cuando el Gobierno Popular de la Prefectura Autónoma, el Tribunal Popular Intermedio y la Fiscalía Popular estudien y tramiten dictámenes de deliberación, si concurre alguna de las siguientes circunstancias, el Comité Permanente emitirá dictámenes respectivamente:

(1) Superficialidad, pase de responsabilidad e inactividad Si el Comité Permanente expresa insatisfacción con el manejo del informe de opinión de revisión, criticará a la agencia pertinente o a la persona directamente responsable, le ordenará que haga correcciones dentro de un límite de tiempo y volverá a -informar el estado de investigación y manejo.

(2) Si el Comité Permanente no está satisfecho con la investigación y el manejo de los dictámenes de deliberación reportados nuevamente, deberá notificar a las autoridades pertinentes o a la persona directamente responsable si no informa verazmente sobre la investigación y el procesamiento. Estado, encubre la verdad y elude sus responsabilidades. Critica e instruye a las agencias relevantes para que responsabilicen a los directamente responsables.

(3) Si se niega a estudiar y tratar los dictámenes de deliberación, el Comité Permanente podrá plantear cuestiones a los organismos pertinentes. Artículo 9 La Oficina del Comité Permanente designará una persona dedicada a comprender y comprender el manejo de las opiniones de deliberación de manera oportuna. Cuando sea necesario, el Comité Permanente podrá emitir una carta de supervisión para la supervisión, o el comité especial correspondiente o la agencia de trabajo correspondiente del Comité Permanente podrá realizar una supervisión de seguimiento. El Gobierno Popular de la prefectura autónoma, el Tribunal Popular Intermedio y la Fiscalía Popular también deberían designar personal dedicado a manejar las opiniones de deliberación del Comité Permanente en función de las necesidades laborales. Artículo 10 Estas Medidas entrarán en vigor a partir de la fecha de su adopción.