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¿Qué se puede preparar para la licitación de construcción del proyecto?

La base de oferta para la licitación de construcción del proyecto puede ser preparada por el propio licitador o puede encomendarse a una agencia intermediaria para que la prepare.

Las leyes y regulaciones relevantes para la oferta base para este proyecto son las siguientes:

1. El licitador puede decidir si prepara una oferta base en función de las características del proyecto;

2. Preparación de la oferta base, la oferta base El proceso de preparación y la oferta base deben mantenerse confidenciales antes de la apertura de la oferta;

3. o encargar su elaboración a un organismo intermediario;

4. Sólo se podrá preparar una oferta base por proyecto;

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5. licitaron sin fijar una oferta mínima.

Si se da alguna de las siguientes circunstancias, no se requiere licitación:

1. Es necesario utilizar patentes irremplazables o tecnologías patentadas;

2. El comprador puede construir, producir o proporcionar por sí mismo de conformidad con la ley;

3. Los inversores que hayan seleccionado proyectos de franquicia mediante licitación pueden construir, producir o proporcionar por sí mismos de conformidad con la ley;

4. Necesidad de presentar una solicitud al postor ganador original. Adquisición de proyectos, bienes o servicios, que de otro modo afecten los requisitos constructivos o funcionales;

5.

En resumen, el licitador no revelará a otros los nombres y cantidades de los posibles licitadores que hayan obtenido los documentos de licitación, así como otra información de la licitación que pueda afectar la competencia leal. Si el licitador tiene una oferta mínima, ésta deberá mantenerse confidencial.

Base jurídica:

Artículo 34 de la "Ley de Licitaciones y Licitaciones de la República Popular China"

El licitador podrá decidir si prepara una oferta mínima en función de las características del proyecto. Si se prepara la oferta más baja, el proceso de preparación de la oferta más baja y la oferta más baja deben mantenerse confidenciales antes de abrir la oferta.

La oferta base para un proyecto de licitación se determinará razonablemente con base en el diseño preliminar aprobado y la estimación de inversión, los métodos de fijación de precios relevantes, las cuotas de proyecto relevantes y las condiciones de oferta y demanda del mercado, teniendo en cuenta factores como la inversión. , periodo de construcción y calidad.

La oferta mínima será elaborada por el propio licitador o por encargo de un organismo intermediario. Sólo se puede preparar una oferta para un proyecto.

Ninguna unidad o individuo podrá obligar al licitador a preparar o presentar la oferta mínima para su aprobación, ni interferir con la determinación de la oferta mínima.

Los proyectos a licitación podrán realizarse sin oferta mínima.

Si el licitador dispone de un límite máximo de oferta, deberá indicar en los pliegos de condiciones el límite máximo de oferta o el método de cálculo del límite máximo de oferta. El licitador no fijará un precio mínimo de oferta.