¿Es un abogado culpable de engañar deliberadamente a su cliente y ocultar los hechos?
Artículo 33 Cuando un abogado emprende negocios, deberá informar al cliente de los posibles riesgos legales en el manejo del asunto encomendado, y no hará promesas indebidas al cliente, expresa o implícitamente. .
Cuando el abogado emprenda negocios, deberá informar prontamente al cliente del avance de los asuntos encomendados; si es necesario cambiar los asuntos y la autoridad encomendados, deberá obtener el consentimiento y autorización del cliente.
Después de que un abogado acepte un encargo, no podrá negarse a defenderlo o representarlo sin motivos justificables. Sin embargo, si el asunto encomendado es ilegal, el cliente utiliza los servicios prestados por el abogado para participar en actividades ilegales, o el cliente oculta deliberadamente hechos importantes relacionados con el caso, el abogado tiene derecho a negarse a defender o representar al cliente.