Los abogados no pueden actuar como asesores de familiares cercanos.
Para garantizar que los abogados puedan desempeñar plenamente sus funciones al participar en actividades de litigio y proteger eficazmente los derechos e intereses legítimos de los sospechosos y acusados de delitos, la ley también faculta a los abogados para recopilar y revisar materiales relacionados con este caso, reunirse y comunicarse con los acusados. Las personas cuya libertad personal está restringida tienen derecho a comparecer ante el tribunal y participar en el litigio. Los abogados que ejercen de conformidad con la ley están protegidos por la ley.
Por lo tanto, dado que la ley actualmente no prohíbe la relación entre abogados y sospechosos de delitos, los familiares de los sospechosos de delitos pueden actuar como abogados para defender a los sospechosos de delitos. Las reuniones de abogados con sospechosos de delitos no son reuniones privadas, sino procedimientos necesarios para el desempeño de sus funciones, y están permitidas. Al mismo tiempo, los abogados deben respetar la Constitución y las leyes, respetar la ética profesional y las disciplinas de práctica de los abogados y aceptar la supervisión del Estado, la sociedad y los partidos.
Base jurídica: Artículo 33 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Además de ejercer su derecho a la defensa, los sospechosos y acusados de un delito también pueden confiar la defensa a una o dos personas. Se pueden encomendar como defensores a las siguientes personas:
(1) Abogados;
(2) Personas recomendadas por organizaciones populares o la unidad donde trabaja el sospechoso o imputado;
(3) Tutores, familiares y amigos de sospechosos e imputados de delitos.
No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido condenadas a pena o privadas o restringidas de su libertad personal de conformidad con la ley.
No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido destituidas de cargos públicos o cuyo título de ejercicio de abogado o notario haya sido revocado, salvo los tutores o parientes próximos de los sospechosos o imputados.