¿Cuáles son los requisitos legales para que los abogados revisen los registros de la comisaría de policía?
Artículo 33 de la Ley de Abogados: Desde el día en que el sospechoso de un delito es interrogado por primera vez o el organismo de investigación adopta medidas obligatorias, el abogado encargado tiene derecho a un certificado, poder o Carta oficial de asistencia jurídica para reunirse con el sospechoso o acusado de un delito para conocer la situación relevante. No se supervisan las reuniones de abogados con sospechosos y acusados de delitos.
Artículo 34: El abogado encargado tiene derecho a inspeccionar, extraer y copiar los documentos del litigio y expedientes relacionados con el caso a partir de la fecha de revisión y trámite del mismo. El abogado encargado tiene derecho a inspeccionar, extraer y copiar todos los materiales relacionados con el caso a partir de la fecha en que el Tribunal Popular acepta el caso.
Ley de Procedimiento Penal
Artículo 36: Los abogados defensores podrán brindar asistencia jurídica a los sospechosos de delitos durante la investigación; representar denuncias y acusaciones; solicitar cambios en las medidas coercitivas; agencias de investigación Proporcionar opiniones sobre el delito del que se sospecha que el sospechoso y las circunstancias relevantes del caso.
Artículo 37 Los abogados defensores podrán reunirse y comunicarse con los presuntos delincuentes y los acusados bajo custodia. Otros defensores también pueden reunirse y comunicarse con sospechosos de delitos y acusados bajo custodia con el permiso del Tribunal Popular y la Fiscalía Popular.
Si un abogado defensor solicita reunirse con un sospechoso de un delito detenido o acusado con un certificado de ejercicio de abogado, un certificado de bufete de abogados, un poder o una carta de asistencia jurídica, el centro de detención deberá organizar la reunión en el momento oportuno. manera, a más tardar 48 horas.
En casos de delitos que ponen en peligro la seguridad nacional, actividades terroristas y, en particular, delitos de soborno importantes, los abogados defensores deben obtener permiso de la agencia de investigación para reunirse con los sospechosos de delitos bajo custodia durante la investigación. El organismo de investigación notificará al centro de detención la situación anterior con antelación.
Los abogados defensores se reúnen con sospechosos de delitos y acusados bajo custodia para conocer el caso y brindarles asesoramiento legal. A partir de la fecha en que el caso se transfiere para su revisión y enjuiciamiento, se pueden verificar las pruebas pertinentes con el sospechoso o acusado del delito. Los abogados defensores no están sujetos a vigilancia cuando se reúnen con sospechosos y acusados de delitos.
Las disposiciones de los apartados 1, 3 y 4 se aplicarán a las reuniones y comunicaciones entre los abogados defensores y los sospechosos y acusados de delitos que se encuentren bajo vigilancia domiciliaria.
Artículo 38 A partir de la fecha de revisión de la acusación por la Fiscalía Popular, los abogados defensores podrán consultar, extraer y copiar el material del expediente del caso. Otros defensores también podrán consultar, extraer y copiar los materiales antes mencionados con el permiso del Tribunal Popular o de la Fiscalía Popular.
Artículo 39: Si el defensor considera que las pruebas y materiales recabados por los órganos de seguridad pública y la Fiscalía Popular durante el período de investigación, revisión y procesamiento demuestran la inocencia del sospechoso o imputado o del delito menor. del delito no han sido presentados, el defensor tiene derecho a presentarlo ante el pueblo. La Fiscalía y el Tribunal Popular solicitan su traslado.
Artículo 40 El defensor deberá notificar con prontitud a los órganos de seguridad pública y a la Fiscalía Popular las pruebas de que el sospechoso no se encuentra en el lugar del crimen, no ha alcanzado la edad de responsabilidad penal y es un enfermo mental. quien no es penalmente responsable según la ley.
Artículo 41 Con el consentimiento de los testigos u otras unidades e individuos pertinentes, los abogados defensores podrán recopilar de ellos materiales relacionados con el caso, o solicitar a la Fiscalía Popular o al Tribunal Popular la recopilación y obtención de pruebas, o solicitar al Pueblo El tribunal notifica al testigo que comparezca ante el tribunal para testificar.
Con el permiso de la Fiscalía Popular o del Tribunal Popular, y con el consentimiento de la víctima o de sus familiares cercanos o de los testigos aportados por la víctima, el abogado defensor podrá recoger de ellos materiales relacionados con el caso. .