Red de Respuestas Legales - Consulta de información - Código de Ética Profesional y Disciplina en el Ejercicio de los Abogados

Código de Ética Profesional y Disciplina en el Ejercicio de los Abogados

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de mejorar continuamente la calidad y el nivel profesional de los abogados y promover el sano desarrollo de la carrera del abogado, el presente artículo se formula de conformidad con lo establecido en el “Reglamento Transitorio de la República Popular China sobre Abogados". Artículo 2: Estas normas se aplican a todas las conductas de los abogados en el proceso de desempeño de sus funciones y desempeño de sus funciones. Artículo 3 Los abogados respetarán estrictamente la ética profesional y las disciplinas profesionales y desempeñarán concienzudamente sus deberes para salvaguardar la correcta implementación de las leyes nacionales y salvaguardar los derechos e intereses legítimos de las partes. Artículo 4: Los organismos administrativos judiciales y las asociaciones de abogados de todos los niveles supervisarán las actividades de práctica de los abogados de acuerdo con sus respectivas responsabilidades y educarán a los abogados que no respeten la ética profesional y violen las disciplinas profesionales. Si las circunstancias son graves, serán sancionados. de acuerdo con las "Reglas de castigo para abogados". Capítulo 2 Ética Profesional de los Abogados Artículo 5 Los abogados deben persistir en servir a la construcción, reforma y apertura económica socialista, servir a la construcción de la democracia socialista y del sistema legal, servir a la consolidación de la dictadura democrática popular y a la estabilidad a largo plazo del país, y salvaguardar los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos en su práctica. Artículo 6: Los abogados deben respetar la Constitución, respetar las leyes y reglamentos, insistir en "tomar los hechos como base y la ley como criterio" en todas las actividades comerciales y desempeñar sus funciones estrictamente de conformidad con la ley. Artículo 7 Los abogados deben ser leales a sus deberes, adherirse a los principios, no temer al poder, atreverse a eliminar la interferencia ilegal y salvaguardar el sistema legal y la justicia social del país. Artículo 8 Los abogados deben brindar asistencia legal a los clientes con entusiasmo, diligencia, honestidad y diligencia debida, cumplir activamente con sus obligaciones de brindar asistencia legal a los clientes con dificultades financieras, esforzarse por satisfacer los requisitos legítimos de los clientes y salvaguardar los derechos e intereses legítimos. de clientes. Artículo 9 Los abogados y otros trabajadores de servicios jurídicos deben respetarse unos a otros, ayudarse unos a otros, competir de manera justa y mejorar conjuntamente sus estándares profesionales. Artículo 10: En el ejercicio del derecho, los abogados deben ser honestos y disciplinados, dedicados y diligentes, rigurosos y prudentes, eficientes, respetuosos de las apariencias, corteses con los demás y respetar conscientemente el reglamento de ejercicio de los abogados y los estatutos de la asociación de abogados. Artículo 11 Los abogados deben ser leales a la profesión jurídica, esforzarse por estudiar y dominar los conocimientos jurídicos y las habilidades de servicio necesarios para ejercer la abogacía, prestar atención a cultivar el carácter moral y los logros profesionales y salvaguardar conscientemente la reputación de los abogados. Capítulo 3 Disciplinas de práctica de los abogados Artículo 12 Los abogados deberán cumplir con las siguientes disciplinas de práctica al aceptar casos y honorarios comerciales:

(1) No aceptarán en privado encargos de clientes para manejar asuntos legales;

(2) No rechazará el nombramiento de una firma de abogados para brindar asistencia jurídica a un cliente que no pueda pagar los honorarios;

(3) No rechazará manejar un caso en el que el tribunal popular designa un defensor para un acusado penal;

(4) No aceptar un encargo de una parte que tiene un interés opuesto al caso ya representado;

(5) No aceptar una encomienda de una parte de un caso que tiene un interés en el caso en el que ya ha aceptado la encomienda. Si la encuentra, debe solicitar de inmediato la terminación de la relación de encomienda;

(6) No debe aceptar. una encomienda para actuar como agente de ambas partes en el mismo caso;

(7) No debe utilizar marcos de selección de palabras para obtener o expandir negocios a través de un litigio;

(8 ) No se puede cobrar ninguna remuneración u otros honorarios al cliente de forma privada;

(9) No se permiten honorarios más allá de los cargos comerciales normales del bufete de abogados Solicitar o aceptar remuneración adicional o obsequios en especie de naturaleza remunerativa del cliente o sus partes interesadas;

(10) No violará el sistema de cargos ni las disciplinas financieras de la firma de abogados, no se apropiará ilegalmente, dividirá de forma privada ni se apropiará indebidamente de Cargos comerciales.

Artículo 13 Los abogados deberán observar las siguientes disciplinas profesionales cuando participen en actividades de litigio y arbitraje como agentes:

(1) No realizarán conductas que dañen el prestigio y la reputación de los órganos judiciales, órganos de fiscalía, órganos públicos órganos de seguridad y órganos de arbitraje No se podrá utilizar lenguaje insultante contra los organismos antes mencionados y su personal de manejo en documentos de litigios y audiencias judiciales;

(2) Ninguna violación de las disciplinas del tribunal de primera instancia y del tribunal. tribunal arbitral, alterar el orden del tribunal de primera instancia y del tribunal arbitral, o utilizar medios injustos. Retrasar el litigio y el arbitraje;

(3) No distorsionar los hechos, malinterpretar las leyes, falsificar pruebas y otros medios para influir y obstaculizar la resolución y el manejo de casos de disputa por parte de órganos judiciales, órganos de arbitraje y agencias administrativas de aplicación de la ley;

(4) No se inducirá a los clientes, testigos y otras personas a cometer o proporcionar perjurio, hacer declaraciones falsas o cambiar , destruir u ocultar pruebas en actividades de litigio y arbitraje;

(5) no deberá sobornar a jueces, fiscales, investigadores, árbitros u otro personal encargado de hacer cumplir la ley, ni instruirá o inducirá a los clientes a sobornar al personal mencionado anteriormente. ;

(6) Los familiares u otras personas de los acusados ​​penales no se reunirán bajo custodia. El acusado puede violar las regulaciones al aprovechar su posición para entregar cartas, dinero o información relacionada con el caso para el demandado;

(7) No representará casos de litigio y casos de arbitraje manejados directamente por sus familiares inmediatos. Artículo 14 Los abogados deberán cumplir con las siguientes disciplinas profesionales en el manejo de las relaciones con clientes y partes contrarias:

(1) Los abogados no sabrán conscientemente que los motivos y acciones del cliente son ilegales, inmorales o perjudiciales. circunstancias, aun así aceptar la encomienda de brindar asistencia;

(2) No se adaptará sin principios a los intereses personales del cliente, ni malinterpretará deliberadamente la ley para atender las demandas injustas del cliente, ni instruirá al cliente El cliente elude la ley y perjudica los intereses nacionales, los intereses públicos sociales y los derechos e intereses legítimos de otros ciudadanos;

(3) No hay demoras irrazonables, negligencia en el deber o manejo apresurado de asuntos legales autorizados por el cliente;

(4) La privacidad del cliente y los secretos aprendidos en el desempeño de sus funciones no serán divulgados, así como otros hechos y materiales que el cliente no desee revelar;

(5) El el cliente no será revelado sin el consentimiento del cliente, excederá la autoridad de la encomienda o utilizará la relación de encomienda para participar en actividades no relacionadas con los asuntos legales de la encomienda. El agente de la otra parte;

(7) no aceptará el encargo de la otra parte para manejar otros asuntos legales sin el consentimiento del cliente;

(8) no impedirá ni interferirá ilegalmente con las actividades normales de la otra parte y sus agentes para salvaguardar sus derechos e intereses legítimos y desempeñar sus funciones de conformidad con la ley.