Red de Respuestas Legales - Consulta de información - Medidas de protección de la propiedad intelectual en la exposición de Guangzhou

Medidas de protección de la propiedad intelectual en la exposición de Guangzhou

Artículo 1 Con el fin de fortalecer la protección de los derechos de propiedad intelectual para las exposiciones en esta ciudad y promover el desarrollo ordenado y saludable de la industria de las exposiciones, estas medidas se formulan de acuerdo con las leyes y reglamentos pertinentes y en combinación con la situación real de esta ciudad. . Artículo 2 Estas Medidas se aplican a la protección de los derechos de patentes, derechos de marcas y derechos de autor en diversas exposiciones, ferias comerciales, exposiciones, ferias comerciales, exposiciones y otras exposiciones registradas en el departamento de registro de exposiciones de este Municipio dentro de la región administrativa de este Municipio. . Artículo 3 La protección de los derechos de propiedad intelectual en las exposiciones sigue los principios de supervisión gubernamental, responsabilidad de los organizadores de la exposición, autodisciplina de los expositores y supervisión pública. Artículo 4 Los departamentos administrativos de patentes, marcas registradas y derechos de autor fortalecerán la protección de los derechos de propiedad intelectual en exposiciones y desempeñarán las siguientes funciones:

(1) Organizar a los organizadores y expositores de exposiciones para que lleven a cabo diversas capacitaciones en materia de propiedad intelectual y brinden servicios de orientación y consultoría;

(2) Inspeccionar e instar a los organizadores y expositores de exposiciones a cumplir conscientemente con sus obligaciones de protección de la propiedad intelectual;

(3) Investigar y abordar diversas infracciones de propiedad intelectual en exposiciones.

El departamento administrativo de propiedad intelectual a que se refiere el párrafo anterior establecerá un sistema de información estadística para la protección de la propiedad intelectual de exhibición. Los departamentos de gestión de patentes deberían organizar departamentos de gestión de marcas y derechos de autor para establecer mecanismos de coordinación e intercambio de información. Artículo 5 Para exposiciones realizadas por más de 3 días y bajo una de las siguientes circunstancias, el departamento administrativo de propiedad intelectual establecerá una oficina en el lugar o designará un oficial de enlace para aceptar solicitudes de procesamiento administrativo de los titulares de derechos de propiedad intelectual o partes interesadas. Para exposiciones que cumplan con las condiciones de presentación a procesar:

(1) Exposiciones patrocinadas por el gobierno y departamentos gubernamentales;

(2) Exposiciones con influencia significativa en el país y en el extranjero;

( 3) Puede haber muchas disputas por infracción de propiedad intelectual.

Para exposiciones que no cuenten con oficina presencial o funcionario de enlace designado, el titular del derecho de propiedad intelectual o interesado podrá presentar directamente una solicitud de trámite administrativo al departamento administrativo de propiedad intelectual. Artículo 6 Los organizadores de la exposición deben estipular cláusulas de protección de la propiedad intelectual en el contrato de exposición firmado con los expositores, que incluyen:

(1) Los expositores deben prometer que todos sus proyectos de exposición no infringirán los derechos de propiedad intelectual anteriores de otros;

(2) Si el organizador de la exposición sospecha que un artículo de exhibición es una infracción y el expositor no puede proporcionar pruebas válidas de la no infracción, el expositor deberá tomar inmediatamente medidas como encubrir o desmantelar la exposición;

(3) Si la sentencia de infracción de los artículos participantes ha sido dictada por un tribunal popular o la decisión de manejo de la infracción ha sido tomada por el departamento administrativo de propiedad intelectual y ha tenido efecto legal, y el expositor se niega a tomar medidas como cubrir o desmantelar la exposición, el organizador de la exposición podrá retirar el certificado de exposición o la descalificación para esta exposición.

(4) Otros contenidos relacionados con la protección de la propiedad intelectual en la exposición. Artículo 7 El organizador de la exposición establecerá un sistema de divulgación y registro de propiedad intelectual, compilará los derechos de propiedad intelectual registrados por los expositores de esta exposición en un catálogo de protección de propiedad intelectual por categoría y lo anunciará a los expositores antes de que comience la exposición15. Artículo 8 El organizador de la exposición deberá cumplir con las siguientes obligaciones:

(1) Publicar la información de contacto y los estándares de presentación del departamento administrativo de propiedad intelectual que acepta quejas o maneja solicitudes en un lugar visible de la sala de exposición o en el manual del expositor;

(2) Proporcionar publicidad sobre propiedad intelectual y servicios de consultoría a los expositores;

(3) Aceptar quejas de los titulares de derechos de propiedad intelectual o partes interesadas, y manejar los problemas durante la exposición de conformidad con el contrato Disputas por infracción de propiedad intelectual;

(4) A solicitud del titular del derecho de propiedad intelectual o parte interesada, presentar hechos relevantes o recopilar pruebas para el titular del derecho de propiedad intelectual, parte interesada y su agente autorizado para ingresar a la exposición Proporcionar la comodidad necesaria;

(5) Conservar adecuadamente la información y los materiales relacionados con la protección de la propiedad intelectual durante la exposición y después de la exposición, realizar estadísticas, clasificar y organizar las quejas. y disputas relacionadas con la propiedad intelectual que aceptó durante la exposición. Analizar y presentar a los departamentos administrativos de patentes, marcas y derechos de autor respectivamente;

(6) Cooperar con los departamentos responsables de la gestión de la propiedad intelectual y el registro de la exposición.

El organizador de la exposición debe establecer una organización de trabajo en materia de propiedad intelectual, designar a una persona dedicada para que se haga cargo y puede contratar técnicos profesionales y profesionales del derecho en campos relevantes para participar si no se establece una oficina de propiedad intelectual; el departamento de registro de exposiciones no se registrará. Artículo 9 Los expositores deberán cumplir con las siguientes obligaciones:

(1) Si el proyecto de exposición involucra derechos de propiedad intelectual, los materiales de certificación de derechos relevantes se prepararán y presentarán ante el organizador de la exposición 30 días antes de la exposición;

(2) Si los derechos de propiedad intelectual están marcados o marcados en los proyectos participantes, se marcarán de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes;

(3) Revisar conscientemente el estado de propiedad intelectual de los proyectos participantes. proyectos, y no incluirá ninguna sospecha de infracción de derechos de propiedad intelectual que anteriormente eran propiedad de otros. Traer proyectos de propiedad intelectual a la exposición;

(4) Aceptar la supervisión, inspección y procesamiento del departamento responsable de la propiedad intelectual. la dirección y el departamento de registro de exposiciones. Artículo 10 El titular del derecho de propiedad intelectual o la parte interesada podrá reclamar al organizador de la exposición la supuesta infracción del demandado, y el organizador de la exposición manejará el asunto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de estas Medidas.

El titular de los derechos de propiedad intelectual o el interesado también podrá presentar una demanda directamente ante el Tribunal Popular, o solicitar al departamento administrativo de propiedad intelectual que se ocupe de la presunta infracción del demandado.