¿Es el bufete de abogados una sociedad sin fines de lucro?
Esta afirmación en sí misma es ciertamente errónea.
El artículo 15 de la "Ley de Abogados" estipula claramente que el contrato de sociedad (de una firma de abogados) deberá especificar el siguiente contenido: (2) El monto y la forma de aportación de capital de los socios (6); El monto y método de contribución de capital de los socios; Distribución de ingresos y métodos de pago de deuda...
Dado que hay contribución de capital, distribución de ingresos y pago de deuda, ¿cómo podría no ser con fines de lucro?