Red de Respuestas Legales - Derecho de propiedad intelectual - Salario y trato a los empleados durante el período de espera

Salario y trato a los empleados durante el período de espera

Subjetividad jurídica:

Si la unidad suspende el trabajo o la producción durante un período de pago de salario por causas ajenas al empleado, el empleador deberá pagarle el salario al empleado de acuerdo con las normas estipuladas en el contrato de trabajo. Si el período de pago del salario excede un período y el trabajador proporciona trabajo normal, la remuneración laboral pagada al trabajador no será inferior al estándar de salario mínimo local; si el trabajador no proporciona trabajo normal, se tratará de acuerdo con; regulaciones nacionales pertinentes. "Reglamento Provisional sobre Pago de Salarios" Artículo 11 Durante el período en que los trabajadores disfruten de vacaciones anuales, vacaciones familiares, vacaciones por matrimonio y vacaciones por duelo de conformidad con la ley, el empleador deberá pagar los salarios a los trabajadores de acuerdo con las normas acordadas en el contrato laboral. contrato. Artículo 12 Si la unidad suspende la producción o la detiene dentro de un período de pago de salario por razones distintas a los trabajadores, el empleador deberá pagar a los trabajadores los salarios de acuerdo con las normas acordadas en el contrato de trabajo. Si el período de pago del salario excede un período y el trabajador proporciona trabajo normal, la remuneración laboral pagada al trabajador no será inferior al estándar de salario mínimo local; si el trabajador no proporciona trabajo normal, se tratará de acuerdo con; regulaciones nacionales pertinentes. Artículo 17 El empleador, de conformidad con este reglamento, formulará un sistema interno de pago de salarios a través de conferencias de trabajadores, congresos de trabajadores u otras formas de consulta, informará a todos los empleados de la unidad y enviará una copia al departamento de administración laboral local para su registro. Artículo 18 Los departamentos administrativos laborales de todos los niveles tienen derecho a supervisar el pago de los salarios del empleador. Si un empleador comete cualquiera de los siguientes actos que infrinjan los derechos e intereses legítimos de los trabajadores, el departamento administrativo del trabajo le ordenará pagar salarios y compensaciones económicas a los trabajadores, pudiendo también ordenar compensaciones: (1) Retener salarios a los trabajadores o no pagar los salarios sin motivo; 2) Negarse a pagar a los trabajadores salarios por horas extras (3) Pagar salarios por debajo del estándar de salario mínimo local. Los estándares de compensación y compensación económica se implementarán de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes. Artículo 19 Si surge un conflicto laboral entre un trabajador y un empleador sobre el pago de salarios, las partes podrán solicitar un arbitraje a una institución de arbitraje de conflictos laborales de conformidad con la ley. Si no está satisfecho con el laudo arbitral, puede presentar una demanda ante el Tribunal Popular.

Objetividad jurídica:

Artículo 11 de las “Disposiciones Provisionales sobre Pago de Salarios” Durante el período en que los trabajadores disfruten de vacaciones anuales, licencias familiares, licencias por matrimonio y licencias por duelo de conformidad con el ley, el empleador deberá respetar el contrato laboral. Los trabajadores reciben salarios según las tarifas acordadas. Artículo 12 de las "Disposiciones Provisionales sobre Pago de Salarios": Si la unidad suspende el trabajo o la producción durante un período de pago de salarios por motivos ajenos a los trabajadores, el empleador deberá pagar los salarios a los trabajadores de acuerdo con las normas acordadas en el contrato de trabajo. . Si el período de pago del salario excede un período y el trabajador proporciona trabajo normal, la remuneración laboral pagada al trabajador no será inferior al estándar de salario mínimo local; si el trabajador no proporciona trabajo normal, se tratará de acuerdo con; regulaciones nacionales pertinentes.