El contenido específico de los artículos 40, 52, 56, 61 y 125 de la Ley de Contratos.
Artículo 52 Un contrato es nulo si concurre alguna de las circunstancias siguientes:
(1) Una de las partes celebra el contrato mediante fraude o coerción, perjudicando así los intereses nacionales; p >
(2) Colusión maliciosa para dañar los intereses del país, del colectivo o de un tercero;
(3) Cobertura de fines ilegales en formas legales;
( 4) Daño al interés público;
(5) Violación de disposiciones imperativas de leyes y reglamentos administrativos.
Artículo 56 El contrato inválido o el contrato revocado no tienen fuerza jurídica vinculante desde el principio. Si parte de un contrato es inválida y no afecta la validez de otras partes, las otras partes seguirán siendo válidas.
Artículo 61: Una vez entrado en vigor el contrato, las partes no tienen acuerdo o el acuerdo no es claro sobre calidad, precio o remuneración, lugar de ejecución, etc. , podrán complementar el acuerdo; si no pueden llegar a un acuerdo complementario, se determinará de conformidad con las disposiciones pertinentes del contrato o las prácticas de la transacción.
Artículo 125 Si las partes tienen disputa sobre su comprensión de los términos del contrato, los términos se determinarán con base en las palabras utilizadas en el contrato, los términos relevantes del contrato, el propósito del contrato, hábitos comerciales y el principio de buena fe. Verdadero significado.