¿Puedo ver al abogado que se entregó si el asesino no ha sido arrestado?
1. Los abogados defensores pueden acudir al centro de detención para reunirse con sospechosos de delitos y acusados bajo custodia.
2. Artículo 37 de la Ley de Procedimiento Penal: Los abogados defensores podrán reunirse y comunicarse con los sospechosos de delitos y los acusados bajo custodia. Otros defensores también pueden reunirse y comunicarse con sospechosos de delitos y acusados bajo custodia con el permiso del Tribunal Popular y la Fiscalía Popular.
Si un abogado defensor solicita reunirse con un sospechoso de un delito o acusado bajo custodia con un certificado de ejercicio de abogado, un certificado de bufete de abogados, un poder o una carta oficial de asistencia jurídica, el centro de detención deberá organizar la reunión en el momento oportuno, a más tardar dentro de las cuarenta y ocho horas.
En casos de delitos que ponen en peligro la seguridad nacional, delitos de actividades terroristas y, en particular, delitos de soborno importantes, los abogados defensores deben obtener permiso de la agencia de investigación para reunirse con los sospechosos de delitos bajo custodia durante la investigación. En los casos antes mencionados, el organismo de investigación deberá notificar al centro de detención con antelación.
Los abogados defensores pueden reunirse con sospechosos de delitos y acusados bajo custodia para conocer las circunstancias relevantes del caso, brindar asesoramiento legal, etc., a partir de la fecha en que el caso se transfiere para su revisión y enjuiciamiento, pueden verificar; pruebas pertinentes con sospechosos y acusados de delitos. Los abogados defensores no son objeto de seguimiento cuando se reúnen con sospechosos o acusados de delitos.
Las disposiciones de los apartados 1, 3 y 4 se aplicarán cuando los abogados defensores se reúnan y se comuniquen con sospechosos de delitos y acusados que se encuentren bajo vigilancia domiciliaria.