Castigo impuesto a los médicos por los hospitales
Base legal: "Reglamento para el Tratamiento de Accidentes Médicos"
Artículo 49 Para la indemnización por accidente médico, se deben considerar los siguientes factores para determinar el monto específico de la indemnización:
( 1) Nivel de accidente médico;
(2) El grado de responsabilidad de la negligencia médica en las consecuencias del daño por accidente médico;
(3) La relación entre; las consecuencias de los daños causados por accidentes médicos y la condición original de la enfermedad del paciente.
Si no constituye un accidente médico, la institución médica no será responsable de la indemnización.
Artículo 53: En el proceso de atención de accidentes médicos, el personal del departamento administrativo de salud viola las disposiciones de este reglamento, se aprovecha de sus cargos, acepta propiedades u otros beneficios ajenos, abusa de sus poderes, descuida sus deberes, o si no se investigan y sancionan actos ilícitos que tengan consecuencias graves, se investigará la responsabilidad penal de conformidad con las disposiciones de la Ley Penal sobre cohecho, abuso de poder, incumplimiento del deber u otros delitos conexos; Para la sanción penal bastará la sanción administrativa de descenso de categoría o despido, de conformidad con la ley.