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Reglas para que los médicos emitan certificados de defunción

Normas sobre médicos que expiden certificados de defunción:

Si el paciente fallece por causas naturales en el hospital o camino al hospital (incluido el fallecimiento del médico que atendió el hospital en el lugar), un certificado de defunción debe emitirse en el hospital y se debe proporcionar a la familia (o cliente) del fallecido una identificación válida y una copia.

Después de que una persona muere, se debe obtener un certificado de defunción. Si la persona muere en un hospital, el hospital emitirá un certificado de defunción; si la persona muere en su casa, la oficina de la calle o la comisaría lo emitirán. un certificado de defunción. Los familiares llevaron este certificado al departamento de salud de un hospital cercano para canjearlo por un certificado de defunción oficial.

Cuando un ciudadano fallezca y sea enterrado en zona urbana o rural, dentro del mes anterior al fallecimiento, el jefe de hogar, familiares, dependientes o vecinos deberán informar el registro de defunción a la autoridad de registro de hogar con el certificado de defunción, libro de registro de domicilio y cédula de identidad de residente del causante, y cancelarlo.

Si un ciudadano fallece en el lugar de residencia temporal, la autoridad de registro de hogar en el lugar de residencia temporal notificará de inmediato el nombre, lugar, hora y causa de la muerte con base en la declaración del jefe de hogar. , gerente del hotel u otro personal interno en el lugar de residencia temporal del fallecido. La autoridad de registro del hogar en el lugar de residencia habitual del fallecido registrará la muerte y cancelará el registro del hogar.

Para las personas cuyos orígenes se desconocen o que murieron en el camino, la autoridad de registro de hogares debe comunicarse con los departamentos correspondientes para su manejo.

En resumen, si se puede determinar el nombre, la residencia permanente y la causa de la muerte del fallecido, se debe notificar a la autoridad de registro del hogar en el lugar de residencia permanente del fallecido para que registre la muerte y cancele el registro del hogar; si no se puede identificar la fuente, se debe notificar a la autoridad de registro del hogar. Los asuntos identificados y las circunstancias de la muerte se registran para referencia futura.

Base jurídica:

Ley del Profesional

Artículo 29

Cuando un médico sufre un accidente médico o descubre una epidemia de enfermedad infecciosa, Informe deberá realizarse oportunamente a la institución o departamento administrativo de salud de acuerdo con la normativa pertinente. Cuando un médico descubre que se sospecha que un paciente ha sufrido una lesión o una muerte anormal, deberá informarlo al departamento correspondiente de conformidad con las normas pertinentes.