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Derecho de propiedad intelectual - ¿Qué documentos legales se pueden aplicar para la ejecución? De acuerdo con las disposiciones pertinentes de la Ley de Procedimiento Civil, existen tres categorías principales de documentos legales que pueden solicitarse para su ejecución: La primera categoría son los documentos legales con contenido de ejecución emitidos por el tribunal, incluidas las sentencias civiles. , sentencias, escritos de mediación y documentos penales. La parte patrimonial de la sentencia o sentencia deberá presentarse ante el tribunal de primera instancia para su ejecución. Si se trata de una orden de pago válida, se debe presentar una solicitud al tribunal que emitió la orden de pago para su ejecución; la segunda categoría son los documentos legales emitidos por otras agencias y ejecutados por el tribunal, incluidos los instrumentos de deuda emitidos por agencias notariales y ejecutados por el tribunal y los organismos de arbitraje emitidos y ejecutados por el tribunal. El laudo arbitral será ejecutado por el tribunal donde tenga su domicilio la persona sujeta a ejecución o se encuentren ubicados los bienes sujetos a ejecución. Si dos o más tribunales tienen competencia, las partes pueden solicitar la ejecución a uno de ellos; la tercera categoría es el reconocimiento y ejecución de sentencias y fallos dictados por tribunales extranjeros o laudos arbitrales dictados por instituciones arbitrales extranjeras. Si una parte recurre a más de dos tribunales, tendrá competencia el Tribunal Popular que presente el caso en primer lugar.
¿Qué documentos legales se pueden aplicar para la ejecución? De acuerdo con las disposiciones pertinentes de la Ley de Procedimiento Civil, existen tres categorías principales de documentos legales que pueden solicitarse para su ejecución: La primera categoría son los documentos legales con contenido de ejecución emitidos por el tribunal, incluidas las sentencias civiles. , sentencias, escritos de mediación y documentos penales. La parte patrimonial de la sentencia o sentencia deberá presentarse ante el tribunal de primera instancia para su ejecución. Si se trata de una orden de pago válida, se debe presentar una solicitud al tribunal que emitió la orden de pago para su ejecución; la segunda categoría son los documentos legales emitidos por otras agencias y ejecutados por el tribunal, incluidos los instrumentos de deuda emitidos por agencias notariales y ejecutados por el tribunal y los organismos de arbitraje emitidos y ejecutados por el tribunal. El laudo arbitral será ejecutado por el tribunal donde tenga su domicilio la persona sujeta a ejecución o se encuentren ubicados los bienes sujetos a ejecución. Si dos o más tribunales tienen competencia, las partes pueden solicitar la ejecución a uno de ellos; la tercera categoría es el reconocimiento y ejecución de sentencias y fallos dictados por tribunales extranjeros o laudos arbitrales dictados por instituciones arbitrales extranjeras. Si una parte recurre a más de dos tribunales, tendrá competencia el Tribunal Popular que presente el caso en primer lugar.