Red de Respuestas Legales - Derecho de propiedad intelectual - Las reclamaciones antidumping deben ser iniciadas por ()

Las reclamaciones antidumping deben ser iniciadas por ()

La respuesta obligatoria a los litigios antidumping significa que, según las disposiciones legales, el demandado debe comparecer ante el tribunal para responder a la demanda, y quienes no respondan pueden tomar medidas obligatorias para responder a la demanda. El antidumping es una medida para resistir el dumping de bienes extranjeros en el mercado interno.

Para solicitar una investigación antidumping, el solicitante deberá presentar una solicitud antidumping al Ministerio de Comercio. El Ministerio de Comercio revisará la solicitud y las pruebas adjuntas y decidirá si inicia una investigación. . El propósito de la revisión es examinar la exactitud y suficiencia de las pruebas presentadas en la solicitud y determinar si existen pruebas suficientes para justificar una investigación.

El Ministerio de Comercio puede decidir sobre su propia investigación antidumping. En circunstancias especiales, si el Ministerio de Comercio no ha recibido una solicitud por escrito de investigación antidumping, pero hay pruebas suficientes para demostrar la existencia de dumping y daño, y existe una relación causal entre ambos, puede decidir iniciar una investigación. Sin embargo, según las prácticas antidumping de los países occidentales, es raro que el gobierno inicie una investigación por iniciativa propia y los requisitos de evidencia también son más estrictos.

Base jurídica:

Disposiciones del Tribunal Supremo Popular sobre Diversas Cuestiones Relativas a la Aplicación del Derecho en el Juicio de Casos Administrativos Antidumping

Artículo 2: Quienes tengan intereses legítimos en acciones administrativas antidumping. Las personas u organizaciones que sean partes interesadas podrán presentar demandas administrativas ante el Tribunal Popular de conformidad con las disposiciones de la Ley de lo Contencioso Administrativo y otras leyes y reglamentos administrativos pertinentes.

Las "partes interesadas" mencionadas en el párrafo anterior se refieren a los solicitantes que presentan una solicitud escrita de investigación antidumping a las autoridades competentes del Consejo de Estado, a los operadores de importación y exportación pertinentes y a otras personas físicas. , personas jurídicas u otras organizaciones con intereses legítimos.

Artículo 3 El demandado en un caso administrativo antidumping es el departamento competente del Consejo de Estado que realizó la acción administrativa antidumping correspondiente.

Artículo 8 El demandante tiene la responsabilidad de aportar prueba de los hechos que alega. Después de la revisión por el tribunal popular de acuerdo con los procedimientos legales, las pruebas proporcionadas por el demandante son relevantes, legales y verdaderas, y pueden utilizarse como base para finalizar el caso.

En el procedimiento de investigación administrativa antidumping, la demandada exigió al demandante la aportación de pruebas conforme a los procedimientos legales, pero el demandante se negó a aportarlas sin motivos justificables, no las proporcionó con veracidad o obstaculizó gravemente la investigación por otros medios. El tribunal popular no aceptó que se adoptaran las pruebas aportadas en la demanda.