Red de Respuestas Legales - Derecho de propiedad intelectual - La diferencia entre depósito y depósito en el contrato

La diferencia entre depósito y depósito en el contrato

Análisis jurídico: 1. Diferentes conceptos. El depósito es un concepto jurídico estandarizado y una forma de garantía voluntariamente acordada por las partes de un contrato para asegurar el cumplimiento del mismo. El depósito no es un concepto jurídico estándar, de hecho, tiene el carácter de anticipo y es un medio de pago para las partes y no tiene el carácter de garantía.

2. La responsabilidad por incumplimiento de contrato es diferente. Cuando la parte que paga y recibe el depósito incumple sus obligaciones contractuales, no habrá pérdida ni doble devolución del anticipo, y el depósito sólo podrá utilizarse como compensación por daños y perjuicios.

3. Las cantidades son diferentes. El monto del depósito está limitado por la ley y no excederá el 20% del objeto del contrato principal. El monto del depósito lo acuerdan libremente las partes y generalmente no está restringido por ley.

Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”

Artículo 586 Las partes podrán acordar que una de ellas pague a la otra un depósito como garantía del crédito del acreedor. derechos. El contrato de arras se establece cuando efectivamente se paga la fianza. El monto del depósito será pactado por las partes, sin embargo, no podrá exceder del 20% del objeto del contrato principal, y el exceso no tendrá efecto de depósito; Si el monto del depósito real pagado es mayor o menor que el monto acordado, se considerará que el monto del depósito acordado ha sido modificado.

Artículo 587: Si el deudor cumple su deuda, el depósito servirá como precio o se recuperará. Si la parte que pagó el depósito no cumple con sus deudas o cumple la deuda de manera incompatible con el acuerdo, resultando en que el objeto del contrato no pueda realizarse, la parte no tendrá derecho a solicitar la devolución del depósito si; parte que recibe el depósito no cumple con sus deudas o cumple la deuda de manera inconsistente con el acuerdo, lo que resulta en que el propósito del contrato no se puede lograr, el depósito se duplicará.