Si hay un cambio en el contrato, ¿qué parte debe sellarlo?
Análisis Legal
Después de la negociación entre las dos partes, cualquier cambio que no sea el contenido principal tendrá efectos legales si el cambio se sella con un sello de revisión o se toman las huellas dactilares. La posición modificada no es válida sin las firmas de ambas partes del contrato; sin embargo, el reclamo general es que parte del contrato es inválida, lo que no afecta la validez de otros términos del contrato, a menos que esta parte sea el término principal y clave; del contrato. La validez de un contrato se refiere a la cierta fuerza legal vinculante entre las partes de un contrato establecido, lo que generalmente se denomina validez legal del contrato. Un contrato establecido conforme a la ley surtirá efectos desde el momento de su celebración. Una vez que un contrato legalmente protegido se establece de conformidad con la ley, su fuerza jurídica vinculante, es decir, su efecto jurídico, no puede modificarse ni rescindirse sin autorización. En términos generales, no se permite modificar el contenido del contrato. Un contrato con indicios de alteración debe ser confirmado por las partes del contrato; de lo contrario, el contrato modificado se considerará inválido o parcialmente inválido. A menos que el contrato sea modificado y sellado por ambas partes, no se reconocerán los beneficios relevantes del contrato. Especialmente en el contrato entre las dos partes, su efecto legal sólo podrá reconocerse después de ser aprobado por ambas partes y sellado con el sello de modificación. . Esta es la forma correcta de modificar un contrato.
Base Jurídica
Código Civil de la República Popular China
Artículo 490: Cuando las partes celebren un contrato en forma de contrato, la firma, El sello o la huella digital de la parte se considerará cuando se establezca el contrato. Antes de firmar, sellar o tomar huellas dactilares, una de las partes ha cumplido con sus obligaciones principales, y el contrato queda establecido cuando la otra parte lo acepta. Los contratos se celebrarán por escrito según lo estipulado por las leyes, los reglamentos administrativos o lo acordado por las partes. Si las partes no lo hacen por escrito, pero una de ellas ha cumplido con sus obligaciones principales y la otra las ha aceptado, se forma un contrato.
Artículo 543: Las partes podrán negociar la modificación del contrato.