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¿Debo pagar impuesto de timbre por los contratos de consultoría?

1. ¿Debo pagar impuesto de timbre por un contrato de consultoría contable?

No se requiere impuesto de timbre. Definitivamente no es necesario pagar el impuesto de timbre en los contratos de consultoría. Según las normas pertinentes sobre el impuesto de timbre, los contratos de inversión no entran dentro del ámbito de aplicación del impuesto de timbre y no deben ser gravados con dicho impuesto.

Los contribuyentes del impuesto de timbre incluyen empresas, unidades administrativas, instituciones públicas, unidades militares, grupos sociales, otras unidades, hogares industriales y comerciales individuales y otras personas establecidas en China y que reciben los certificados económicos requeridos.

En segundo lugar, disposiciones legales

El artículo 10 de los Artículos del Impuesto de Timbre estipula: Un contrato de consultoría técnica es un contrato técnico celebrado por las partes sobre el análisis, demostración, predicción e investigación de proyectos relevantes. Los aspectos generales de la consultoría jurídica, contable, de auditoría y otros aspectos no son consultoría técnica y sus contratos no están sellados.

La ley tiene disposiciones claras sobre el pago del impuesto de timbre. El importe del impuesto de timbre no es mucho. Si se requiere pago bajo un contrato calificado, las partes deben pagar. No se preocupe por el contenido y las regulaciones específicas para el pago del impuesto de timbre en los contratos de consultoría contable. Si no puede resolverlo usted mismo, puede buscar un abogado.