¿Cuáles son las consecuencias legales de la fuga?
Base Legal
Artículo 293 de la Ley Penal
Quien cometa cualquiera de los siguientes actos de provocar disturbios y alterar el orden social, será sancionado con pena de prisión determinada. prisión de no más de cinco años, detención penal o vigilancia:
(1) Golpear a otros a voluntad, las circunstancias son atroces;
(2) Perseguir, interceptar, insultar o intimidar otros, las circunstancias son atroces;
( 3) Extorsión o daño arbitrario o apropiación indebida de propiedad pública o privada, las circunstancias son graves
(4) En lugares públicos, causando graves; Desorden en lugares públicos.
Quien congregue varias veces una multitud para cometer los actos mencionados en el párrafo anterior y altere gravemente el orden social, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco años ni mayor de diez años, pudiendo también ser multado.