Red de Respuestas Legales - Derecho de patentes - El dictamen de examen previsto en el artículo 22, apartado 3 de la Ley de Patentes no es innovador. ¿Se puede autorizar? Posiblemente. Si el dictamen de examen no considera que todas las reivindicaciones no innovadoras no indican que las reivindicaciones no innovadoras puedan autorizarse, o que se pueda autorizar que se agreguen nuevas características a la descripción que no estén disponibles en el estado de la técnica. Finalmente, si el dictamen de revisión no es razonable, podrá autorizarse previa argumentación.

El dictamen de examen previsto en el artículo 22, apartado 3 de la Ley de Patentes no es innovador. ¿Se puede autorizar? Posiblemente. Si el dictamen de examen no considera que todas las reivindicaciones no innovadoras no indican que las reivindicaciones no innovadoras puedan autorizarse, o que se pueda autorizar que se agreguen nuevas características a la descripción que no estén disponibles en el estado de la técnica. Finalmente, si el dictamen de revisión no es razonable, podrá autorizarse previa argumentación.