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Implementar el artículo 219 de la Ley Penal y revelar secretos comerciales

Análisis jurídico:

La interpretación judicial de los delitos penales contra la propiedad intelectual es la "interpretación del Tribunal Popular Supremo y de la Fiscalía Popular Suprema sobre varias cuestiones relativas a la aplicación específica de las leyes en el manejo Casos penales de infracción de propiedad intelectual (3)" ", esta interpretación judicial aclara varias cuestiones relativas a la aplicación específica de la ley en el tratamiento de casos penales de infracción de propiedad intelectual de conformidad con disposiciones pertinentes como el Derecho penal de la República Popular China y la Reglamento de la Ley de Procedimiento Penal de la República Popular China. Se presumirá que cualquier persona natural, jurídica u organización sin personalidad jurídica que esté firmada de la forma habitual en una obra o grabación sonora es titular de los derechos de autor o productor de la grabación sonora, y que existen los derechos correspondientes sobre la obra o grabación sonora. salvo prueba en contrario.

En los casos en los que hay muchos tipos de obras y grabaciones sonoras involucradas y los titulares de los derechos están dispersos, hay evidencia que demuestra que las copias involucradas fueron publicadas, reproducidas y distribuidas ilegalmente, y los editores y distribuidores de copias no puede proporcionar información sobre los titulares de los derechos de autor y la producción de grabaciones sonoras. Los materiales de evidencia relevantes con el permiso del autor pueden considerarse "sin el permiso del propietario de los derechos de autor" o "sin el permiso del productor de la grabación sonora", según lo estipulado en el artículo 217. del Derecho Penal. Sin embargo, esto se exceptúa si hay pruebas que demuestren que el titular del derecho ha renunciado a sus derechos, que los derechos de autor de la obra en cuestión o los derechos pertinentes de la grabación sonora no están protegidos por la ley de derechos de autor de mi país, o que el período de protección de los derechos ha expirado. venció.

Base jurídica:

"Interpretación del Tribunal Supremo Popular y de la Fiscalía Suprema Popular sobre diversas cuestiones relativas a la aplicación específica de las leyes en la tramitación de casos penales por infracción de propiedad intelectual (3)"

Artículo 2 Se presumirá que es titular de los derechos de autor o productor de la grabación sonora una persona física, jurídica u organización sin personalidad jurídica que firme una obra o grabación sonora de la forma habitual especificada en el artículo 217 de la Ley Penal. , y exista firma en la obra o grabación sonora tendrán los derechos correspondientes, salvo prueba en contrario. En los casos en los que hay muchos tipos de obras y grabaciones sonoras involucradas y los titulares de los derechos están dispersos, existe evidencia que demuestra que las copias involucradas fueron publicadas, reproducidas y distribuidas ilegalmente, y el editor o distribuidor de copias no puede proporcionar materiales de evidencia relevantes para obtener permiso del titular de los derechos de autor o del productor de la grabación sonora, puede determinarse como "sin el permiso del titular de los derechos de autor" y "sin el permiso del productor de la grabación sonora", según lo estipulado en el artículo 217 de la Ley Penal. Sin embargo, esto se exceptúa si hay pruebas que demuestren que el titular del derecho ha renunciado a sus derechos, que los derechos de autor de la obra en cuestión o los derechos pertinentes de la grabación sonora no están protegidos por la ley de derechos de autor de mi país, o que el período de protección de los derechos ha expirado. venció.

Artículo 3: Se considerará que ha cometido el delito previsto en el artículo 219, párrafo 1, inciso 3, toda persona que sustraiga secretos comerciales mediante copia ilegal, uso no autorizado o no autorizado de sistemas de información informática, etc. 1, del Código Penal "hurto". La obtención de secretos comerciales del titular del derecho mediante soborno, fraude, intrusión electrónica, etc. se considerará "otros medios desleales" según lo dispuesto en el artículo 219, párrafo 1, punto 1, de la Ley Penal.

Artículo 4: Se considerará que ha “causado perjuicios importantes al titular del derecho del secreto empresarial” cualquier acto previsto en el artículo 219 de la Ley Penal que se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias: (1) El monto de las pérdidas causadas por el titular del derecho del secreto o el monto de las ganancias ilegales debido a la infracción del secreto comercial es de más de 300.000 yuanes (2) Causar directamente la quiebra o la quiebra del titular del derecho del secreto comercial; a dificultades operativas importantes; (3) El monto del secreto comercial causa otras pérdidas significativas al titular del derecho. Si el monto de las pérdidas causadas al titular del derecho de un secreto comercial o el monto de las ganancias ilegales debidas a la infracción de secretos comerciales es superior a 2,5 millones de yuanes, se considerará que "causa consecuencias particularmente graves" según lo estipulado en el artículo 219 de el Derecho Penal.

Artículo 5 El monto de las pérdidas o ganancias ilícitas causadas por la ejecución de los actos previstos en el artículo 219 de la Ley Penal podrá determinarse de las siguientes formas: (1) La obtención de secretos comerciales del titular del derecho por medios indebidos. significa que, si no ha sido divulgado, utilizado o permitido que otros lo utilicen, el monto de la pérdida se puede determinar en función de la tarifa de licencia razonable para el secreto comercial (2) después de obtener el secreto comercial del titular del derecho por medios inadecuados; divulgarlo, utilizarlo o permitir que otros lo utilicen. El importe de la pérdida se puede determinar en función de la pérdida de beneficios por ventas del titular del derecho debido a la infracción, pero si el importe de la pérdida es inferior a la tarifa de licencia razonable para el secreto comercial, deberá se determinará en función de la tarifa de licencia razonable (3) Violación del acuerdo, obligación del titular de los derechos de mantener el secreto comercial. Si se le exige revelar, utilizar o permitir que otros utilicen los secretos comerciales en su poder, el importe de la pérdida puede ser; determinado con base en la pérdida de ganancias por ventas causada por la infracción (4) Sabiendo que los secretos comerciales se obtuvieron por medios desleales o en violación de acuerdos o derechos Si una persona revela, usa o permite el uso de un secreto comercial según sea necesario; por la persona que guarda el secreto comercial, pero aun así lo obtiene, lo utiliza o lo divulga, el monto de la pérdida puede determinarse con base en la pérdida de ganancias de ventas causada por la infracción (5) El secreto comercial se ha perdido debido a la infracción; del secreto comercial, si llega a ser de conocimiento público o se pierde, el monto de la pérdida podrá determinarse en función del valor comercial del secreto comercial. El valor comercial de un secreto comercial se puede determinar de manera integral basándose en los costos de investigación y desarrollo del secreto comercial y los ingresos por implementar el secreto comercial (6) La propiedad u otros intereses de propiedad obtenidos al revelar o permitir que otros utilicen el secreto comercial; Se determinará el secreto para ganancias ilegales. La pérdida de beneficios por ventas causada por el titular del derecho debido a la infracción especificada en los puntos segundo, tercero y cuarto del párrafo anterior podrá determinarse sobre la base de la reducción total en el volumen de ventas causada por la infracción multiplicada por el beneficio razonable del titular del derecho por cada producto si no se puede determinar la reducción total del volumen de ventas, se puede determinar sobre la base del volumen de ventas del producto infractor multiplicado por el beneficio razonable del titular de los derechos para cada producto si la reducción total del volumen de ventas del titular de los derechos se debe a; La infracción y el beneficio razonable de cada producto no se pueden determinar, se pueden determinar con base en el volumen de ventas del producto infractor multiplicado por el beneficio razonable de cada producto infractor. Si el secreto comercial se utiliza para servicios y otras actividades comerciales, el monto de la pérdida puede determinarse sobre la base de la reducción razonable de ganancias del titular del derecho debido a la infracción. Los gastos de reparación incurridos por el titular de un secreto comercial para mitigar pérdidas en las operaciones y planes comerciales o para restablecer la seguridad de los sistemas de información informática u otros sistemas se incluirán en las pérdidas causadas al titular del secreto comercial.

Artículo 6: En un proceso penal, si una parte, defensor, agente litigante o persona ajena al caso solicita por escrito que se tomen medidas de confidencialidad respecto de pruebas y materiales relacionados con secretos comerciales u otra información comercial que deba ser confidencialidad, la parte, el defensor, el agente litigante o la persona ajena al caso deberán solicitarlo por escrito de acuerdo con las medidas de confidencialidad necesarias, como organizar a los participantes del litigio para que firmen una carta de compromiso de confidencialidad, que se adoptarán para la situación del caso. Quien viole los requisitos de las medidas de confidencialidad del párrafo anterior o las obligaciones de confidencialidad previstas en las leyes y reglamentos, asumirá las responsabilidades que le correspondan conforme a la ley. Quien revele, utilice o permita que otros utilicen secretos comerciales a los que haya accedido u obtenido durante un proceso penal sin autorización, deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 219 de la Ley Penal y será penalmente responsable de conformidad con la ley.