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¿Cuál es el estatus legal de la escuela?

La personalidad jurídica de una escuela se refiere principalmente a la capacidad jurídica de la escuela como organización e institución social que implementa actividades educativas y docentes en términos de derechos, comportamientos y responsabilidades.

Las escuelas y otras instituciones educativas pueden tener múltiples calificaciones de materias al realizar actividades basadas en diferentes condiciones y naturaleza, como calificaciones de materias de relaciones jurídicas administrativas, calificaciones de materias de relaciones jurídicas civiles, calificaciones de materias de relaciones jurídicas de litigios, etc. . Este artículo analiza principalmente las calificaciones de las materias de relaciones jurídicas administrativas y las calificaciones de las materias de relaciones jurídicas civiles de la escuela. Cuando una escuela participa en relaciones jurídicas administrativas, es sujeto de relaciones jurídicas administrativas; cuando participa en relaciones jurídicas civiles, es sujeto de relaciones jurídicas civiles;

Como sujeto de relaciones jurídicas administrativas, el estatus legal de la escuela está estipulado por la ley administrativa. La Constitución de nuestro país, las leyes pertinentes y los reglamentos administrativos estipulan los derechos y obligaciones que disfrutan las organizaciones sociales como sujetos de relaciones jurídicas administrativas. En términos generales, los derechos de las organizaciones sociales son: (l) el derecho a gestionar independientemente los asuntos internos de conformidad con la ley (2) el derecho a salvaguardar sus propios derechos e intereses legítimos de conformidad con la ley; y salvaguardar los derechos e intereses de los miembros de la organización de conformidad con la ley; (4) participar en El derecho a gestionar (5) El derecho a supervisar o iniciar litigios contra agencias administrativas de conformidad con la ley.

Mientras disfrutan de los derechos antes mencionados, las organizaciones sociales también deben asumir o cumplir las siguientes obligaciones: (l) aceptar el liderazgo del Partido Comunista de China; (2) respetar la constitución, las leyes y los decretos nacionales, e implementar regulaciones administrativas; (3) aceptar las obligaciones desempeñadas por los agentes encomendados por las agencias administrativas estatales (4) tener la obligación de ser castigado de acuerdo con la ley después de violar la ley; La principal característica de las relaciones jurídicas administrativas es la unilateralidad. Por lo tanto, cuando una escuela tiene una relación jurídica administrativa con una agencia administrativa nacional, su estatus es desigual. Siempre que se trate de una instrucción administrativa emitida por el organismo administrativo nacional de conformidad con la ley, la escuela debe cumplirla y no puede actuar arbitrariamente. Si el colegio considera que una instrucción administrativa viola leyes y reglamentos, puede denunciarlo mediante ciertos procedimientos o presentar una demanda administrativa de conformidad con la ley. Pero antes de que se ejerza un veto, aún es necesario implementarlo. Las disposiciones de la "Ley de Educación" sobre las escuelas, como el establecimiento de escuelas, los derechos y obligaciones de las escuelas, etc., reflejan todas las características anteriores.

Como sujeto de relaciones jurídicas civiles, las escuelas deben cumplir con las condiciones de persona jurídica estipuladas en los "Principios Generales del Derecho Civil" y tener calificaciones de persona jurídica. Las condiciones generales para las personas jurídicas estipuladas en los "Principios Generales del Derecho Civil" incluyen los siguientes cuatro aspectos: (1) constituidas de conformidad con la ley; (2) tener bienes o fondos necesarios (3) tener nombre propio, organización; o ubicación; (4) poder asumir responsabilidades independientes de responsabilidad civil. Si una escuela cumple estas cuatro condiciones al mismo tiempo, puede obtener la condición de persona jurídica.

Una persona jurídica es una organización social que corresponde a una persona física y puede convertirse jurídicamente en objeto de relaciones jurídicas civiles. Como parte de la sociedad, una persona jurídica debe poder participar en relaciones jurídicas civiles en su propio nombre como una unidad independiente y completa, disfrutar de derechos, asumir obligaciones y poder demandar o responder a una demanda en un tribunal o arbitraje. institución. Según los diferentes propósitos y tareas de las personas jurídicas, los "Principios Generales del Derecho Civil" de mi país dividen a las personas jurídicas en dos categorías: personas jurídicas empresariales y personas jurídicas no empresariales. Las personas jurídicas empresariales se dividen en personas jurídicas corporativas y personas jurídicas no corporativas. Las personas jurídicas no corporativas incluyen agencias gubernamentales, instituciones públicas y grupos sociales. Según la clasificación de los "Principios generales del derecho civil", las escuelas deben clasificarse como personas jurídicas de instituciones públicas entre las personas jurídicas no empresariales. [Página]

La personalidad jurídica de un colegio es una personalidad similar a la de una persona física, es una calificación de sujeto con derechos civiles que la ley otorga al colegio en función de la naturaleza y condiciones de su carácter. la escuela. Según el artículo 39 de la Ley de Educación, "las escuelas y otras instituciones educativas que cumplan las condiciones de personas jurídicas obtendrán la condición de personas jurídicas a partir de la fecha de aprobación de establecimiento o registro". En otras palabras, las autoridades escolares deben revisar y aprobar las escuelas. y otras instituciones educativas al establecer o registrar una empresa, también se debe examinar si tiene personalidad jurídica. En caso afirmativo, la condición de persona jurídica deberá constar en el documento de aprobación o registro.

La adquisición del estatus de persona jurídica por parte de la escuela significa que disfruta de forma independiente de los derechos civiles y asume responsabilidades civiles en actividades civiles de conformidad con la ley. Según los "Principios generales del derecho civil" y las disposiciones legales pertinentes, en términos generales, los derechos civiles de los que disfrutan las escuelas incluyen principalmente derechos de propiedad, derechos de acreedores, derechos de propiedad intelectual, derechos de nombre, derechos de reputación y derechos de honor. Si bien la escuela disfruta de derechos civiles, también debe asumir todas las responsabilidades civiles que surjan de sus propias acciones civiles como persona jurídica independiente, incluidas las responsabilidades civiles por incumplimiento de contrato y la infracción de los derechos e intereses legítimos de otras organizaciones sociales y ciudadanos individuales.

Lo que hay que señalar aquí es que no todos los colegios cumplen las condiciones de personas jurídicas y tienen la condición de persona jurídica. Si una escuela primaria administrada por una aldea no cumple los requisitos para ser una persona jurídica, no puede obtener la condición de persona jurídica. Además, las instituciones internas de la escuela, como la sección de enseñanza e investigación de la escuela, no tienen estatus de persona jurídica y son muy diferentes de las personas jurídicas en términos de disfrutar de derechos civiles y asumir responsabilidades civiles. Las escuelas y las instituciones internas sin personalidad jurídica gozan de derechos civiles limitados, excepto los derechos al nombre, la reputación y el honor. En términos de derechos de propiedad, solo disfrutan del derecho de usar y administrar la propiedad que les han confiado los organizadores, y no disfrutan de otros derechos de propiedad; no pueden firmar contratos con países extranjeros y no pueden aceptar derechos de acreedor; donaciones a nombre propio. Al mismo tiempo, no pueden asumir la responsabilidad civil de forma independiente.

Los anteriores son los derechos y obligaciones civiles generales del colegio. Como todos sabemos, el propósito de administrar escuelas no es el de los derechos civiles o el bienestar social general, sino el de cultivar talentos para la sociedad. Por lo tanto, la capacidad de derechos civiles de la escuela debería estar sujeta a las restricciones necesarias. Las disposiciones de los párrafos 3 y 4 del artículo 31 de la Ley de Educación reflejan el espíritu antes mencionado.

El párrafo 3 de este artículo estipula que "los activos de propiedad estatal en las escuelas y otras instituciones educativas pertenecen al Estado. Los activos de propiedad estatal en las escuelas incluyen principalmente terrenos escolares, edificios escolares, edificios, equipos y fondos para educación de propiedad estatal asignados por el Estado". estado. La escuela tiene derecho a poseer y utilizar estos activos de propiedad estatal de acuerdo con la ley, pero al usarlos y administrarlos, debe garantizar que los activos de propiedad estatal pertenezcan al estado y ningún departamento, organización o individuo puede malversar , malversarlos, retenerlos, destruirlos o incluso dividirlos en privado. Tampoco se permite a los centros escolares cambiar el uso, apropiarse indebidamente del mismo para otros fines, hipotecar o garantizar otros a su antojo. El párrafo 4 de este artículo estipula que "las industrias dirigidas por escuelas organizadas por escuelas y otras instituciones educativas asumirán la responsabilidad civil de forma independiente". Las industrias dirigidas por escuelas establecidas por las escuelas de conformidad con la ley son activos requeridos por la escuela con la premisa de garantizar la normalidad. Se establece con fondos propios, con el fin de complementar la escasez de fondos para el funcionamiento de las escuelas. Según las disposiciones de la Ley de Educación, las industrias dirigidas por escuelas deben obtener la condición de personas jurídicas y asumir la responsabilidad civil de forma independiente con todas sus propiedades de personas jurídicas. Las propiedades de las escuelas no deben utilizarse para proporcionar hipotecas o garantías a las industrias dirigidas por escuelas. En resumen, las disposiciones restrictivas sobre la capacidad de las escuelas en materia de derechos civiles son de gran importancia para garantizar el orden normal de la educación y la enseñanza en las escuelas y evitar el cambio de uso o incluso la pérdida de los activos estatales de las escuelas. [Página]

Como se desprende de lo anterior, las calificaciones de relaciones jurídicas administrativas y las calificaciones de relaciones jurídicas civiles de la escuela son dos calificaciones diferentes con diferentes naturalezas y no pueden confundirse. Las relaciones administrativas son la base para el desarrollo de otras relaciones y una garantía importante para la adhesión a la gestión unificada de la educación por parte del Estado y al carácter socialista de la educación en nuestro país. Sin embargo, las relaciones administrativas no pueden reemplazar las relaciones civiles entre sujetos civiles. En nuestro país, durante mucho tiempo, la gestión gubernamental de las escuelas se ha basado principalmente en medios puramente administrativos. En este caso, el estatuto jurídico independiente de la escuela no tiene importancia práctica. Sin embargo, con la profundización de la reforma del sistema educativo, la autonomía de las escuelas se ha ampliado, lo que significa que los departamentos administrativos deben transformar sus funciones y delegar poderes en las escuelas. Esto conducirá inevitablemente a un cambio considerable en la naturaleza de un sistema educativo considerable. parte de las relaciones administrativas originales, pasando a ser relaciones civiles. Con la profundización de la reforma del sistema educativo, esta tendencia se ha vuelto cada vez más evidente.

Cabe señalar que la condición de persona jurídica y la condición jurídica de un centro educativo son dos conceptos diferentes. El estatus legal de una escuela incluye tanto su estatus de persona jurídica en las relaciones civiles como su estatus legal en las relaciones administrativas. Dado que las escuelas tienen calificaciones de múltiples materias, simplemente establecer su estatus de persona jurídica en las relaciones jurídicas civiles no es suficiente para resolver todos los problemas de la reforma del sistema actual. De hecho, el estatus legal de las escuelas en la relación entre el gobierno y las escuelas es una cuestión que debe resolverse urgentemente en la actual reforma del sistema. Para deshacernos de la excesiva intervención administrativa del gobierno en las escuelas y hacer que las escuelas se conviertan en entidades independientes con verdadera autonomía en el manejo de las escuelas, primero debemos enderezar la relación entre el gobierno y las escuelas y aclarar el estatus de las escuelas en las relaciones administrativas de acuerdo con el ley. De lo contrario, la escuela no podrá obtener el derecho a gestionar sus propias escuelas, y mucho menos establecer su condición de persona jurídica.