Red de Respuestas Legales - Derecho de patentes - Llevo 5 años trabajando sin firmar contrato laboral ni comprar seguridad social para mí. ¿Cómo reclamar una indemnización por la vía legal?

Llevo 5 años trabajando sin firmar contrato laboral ni comprar seguridad social para mí. ¿Cómo reclamar una indemnización por la vía legal?

Abogado Hu de Guangdong;

Respuesta complementaria: No es necesario escribir una carta de queja detallada. Solo necesita traer la siguiente evidencia a la Oficina Laboral para explicar. No es necesario redactar una denuncia al solicitar un arbitraje laboral.

Puedes solicitar directamente el arbitraje laboral. 1. Reunir las siguientes pruebas que acrediten la relación laboral real:

(1) Comprobante de pago de salario (si es a través de tarjeta bancaria, se puede utilizar como prueba de la existencia de una relación laboral) o registro (nómina de empleados) y diversos elementos de pago Registros de primas de seguro social;

(2) "Certificado de trabajo", "Certificado de servicio" y otros documentos que puedan probar la identidad emitidos por el empleador al empleado;

(3) Complete por el empleado los registros de empleo como "Formulario de registro" y "Formulario de solicitud";

(4) Registros de asistencia;

( 5) Testimonios de otros trabajadores, etc.

Entre ellos, los documentos pertinentes de los puntos (1), (3) y (4) son responsabilidad del contratista.

Siempre que se cite uno de los puntos primero, segundo o quinto anterior, se podrá utilizar como prueba preliminar para acreditar la existencia de una relación laboral. El resto deberá ser acreditado por el empleador de conformidad. con las disposiciones anteriores. Si la unidad no puede acreditarlo, sustentará la existencia de una relación laboral.

Podrás recibir las siguientes compensaciones:

1. Compensación económica convertida en cinco meses de salario por cinco años de trabajo;

2. por adelantado Su pago de preaviso de un mes;

3. Complete su seguro social con base en las siguientes bases:

Seguro médico: 2% para individuos, 8% para unidades;

Seguro de pensiones: 8% para individuos, 12% para unidades;

Seguro de desempleo: 1% para individuos, 2% para unidades;

Lesiones relacionadas con el trabajo seguro: Ninguno para individuos, 1% para unidades;

4. Compensación salarial doble para quienes no firmen un contrato laboral escrito en el segundo mes a partir del día de Año Nuevo de 2008.