Perteneciente a la materia de relaciones jurídicas civiles
Análisis jurídico: El sujeto de las relaciones jurídicas civiles se refiere a la persona que participa en las relaciones jurídicas civiles, disfruta de derechos civiles y asume obligaciones civiles. El sujeto de las relaciones jurídicas civiles, denominado sujeto civil, se refiere a la persona que puede participar en las relaciones jurídicas civiles y así disfrutar de derechos civiles y asumir obligaciones civiles, incluidas las personas físicas, jurídicas y otras organizaciones. En la práctica, los hogares industriales y comerciales individuales, los operadores rurales por contrato, las asociaciones individuales u organizaciones no constituidas en sociedad se consideran sujetos civiles. El Estado es un sujeto civil especial.
Base jurídica: "Código Civil de la República Popular China"
El artículo 2 del Derecho Civil regula las relaciones personales y patrimoniales entre personas físicas, jurídicas y organizaciones sin personalidad jurídica como sujetos iguales.
Artículo 3 Los derechos personales, los derechos de propiedad y otros derechos e intereses legítimos de los sujetos civiles están protegidos por la ley y no pueden ser infringidos por ninguna organización o individuo.
Artículo 4: Los sujetos civiles tienen igual condición jurídica en las actividades civiles.