El niño fue golpeado por un compañero en el jardín de infantes y sufrió una fractura de cráneo.
1.
1. Si una persona sin capacidad para conducta civil sufre daños personales en su estudio o vida, jardín de infantes, escuela u otros. Las instituciones educativas deben rendir cuentas. Sin embargo, no serán responsables quienes acrediten haber cumplido con sus responsabilidades de gestión educativa.
Por lo tanto, las guarderías deben asumir la responsabilidad.
2. Si el jardín de infancia puede demostrar que ha cumplido con sus responsabilidades de gestión educativa (se requieren pruebas), entonces sus tutores deben asumir la responsabilidad. Por supuesto, la responsabilidad está incluida.
2. Interpretación del conocimiento jurídico relevante:
Los jardines de infancia tienen tres responsabilidades principales para los niños en el jardín de infancia:
(1) Responsabilidad educativa,
(2) Responsabilidad de gestión,
(3) es responsabilidad de protección. Después de un accidente en una guardería, la gente suele confundir el tercer tipo de responsabilidad de protección con la responsabilidad de tutela. Las responsabilidades de tutela son responsabilidades legales basadas en la autoridad de los padres, y las responsabilidades de crianza en el jardín de infantes se basan en las responsabilidades laborales establecidas por la institución de crianza. Son de naturaleza diferente:
El jardín de infantes implementa el principio de "culpa" en la compensación, es decir, si el jardín de infantes es responsable de las lesiones sufridas por los niños en el jardín de infantes depende de la ocurrencia del accidente y del desempeño. de las responsabilidades de gestión del jardín de infancia existe una relación causal directa, ya sea que esté relacionada con las actividades educativas y docentes del jardín de infancia y si el maestro de jardín de infancia fue intencional o negligente en el desempeño de sus funciones. De acuerdo con el principio de responsabilidad por culpa, sólo cuando un jardín de infancia comete una falta en actividades relacionadas con la educación y las actividades de enseñanza en el jardín de infancia y causa daño a los niños, debe asumir una responsabilidad proporcional al grado de la culpa, es decir, el importe de la indemnización por daños debe estar relacionado con la magnitud de la culpa del jardín de infancia.
El tutor responderá sin culpa de los daños causados por el tutelado a otros. Es decir, independientemente de si el tutor tiene culpa, el tutor debe asumir cierta responsabilidad legal por el daño causado por la tutela, incluso si el tutor ha cumplido con sus obligaciones de tutela, es decir, incluso si no tiene culpa.
Según el artículo 133 de los Principios Generales del Derecho Civil, es sólo una condición que su responsabilidad civil pueda reducirse adecuadamente, en lugar de eximirse de responsabilidad.