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Elementos de las relaciones jurídicas en la ingeniería de la construcción.

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Las relaciones jurídicas constan de tres elementos: el sujeto, el objeto y el contenido de la relación jurídica. Sin uno u otro no se puede formar ninguna relación jurídica. Debido a las diferentes connotaciones de los tres elementos, se han formado diferentes relaciones jurídicas, tales como relaciones jurídicas civiles, relaciones jurídicas administrativas, relaciones jurídicas laborales, relaciones jurídicas económicas, etc. La relación jurídica de la ingeniería de construcción también se compone de tres elementos: sujeto, objeto y contenido.

(1) Sujetos de relación jurídica

Los sujetos de relación jurídica se refieren principalmente a quienes participan, dirigen y supervisan las actividades de construcción, se rigen por las normas jurídicas de los proyectos de construcción y tienen derechos y obligaciones. Persona natural, persona jurídica u otra organización.

1) Órganos estatales

Los órganos del poder estatal se refieren a la Asamblea Popular Nacional y su Comité Permanente y a las asambleas populares locales en todos los niveles y sus Comités Permanentes.

Las funciones de los organismos del poder estatal involucrados en las relaciones jurídicas de la construcción de proyectos son revisar y aprobar los planes nacionales de construcción y los presupuestos y cuentas finales nacionales, formular y promulgar leyes de construcción, y supervisar e inspeccionar la implementación de diversas leyes nacionales de construcción.

Las agencias administrativas son agencias establecidas de conformidad con la constitución y las leyes nacionales para ejercer poderes administrativos estatales y organizar y gestionar los asuntos administrativos estatales. Incluyendo el Consejo de Estado y sus ministerios y comisiones, los gobiernos populares locales en todos los niveles y sus departamentos funcionales.

2) Organizaciones sociales

Como sujeto de relaciones jurídicas, las organizaciones sociales generalmente deben ser personas jurídicas. Una persona jurídica se refiere a una organización que tiene capacidad para los derechos civiles y la conducta civil, disfruta de derechos civiles y asume obligaciones civiles de conformidad con la ley. Una persona jurídica debe estar constituida de conformidad con la ley; tener los bienes o fondos necesarios; tener su propio nombre, estructura organizativa y ubicación y poder asumir responsabilidades civiles de forma independiente;

3) Personas físicas

Las personas físicas también pueden convertirse en objeto de relaciones jurídicas en la construcción de proyectos. Por ejemplo, cuando el personal de una empresa de construcción (obreros de la construcción, técnicos profesionales, profesionales registrados, etc.) firma un contrato laboral con la unidad de la empresa, se convierten en sujetos de la relación jurídica laboral.

(2) Objeto de la relación jurídica

El objeto de la relación jurídica se refiere al objeto al que se dirigen los derechos y obligaciones de los sujetos que participan en la relación jurídica. En circunstancias normales, el sujeto sólo fija ciertos derechos y obligaciones para un determinado objeto, creándose así una relación jurídica. Los derechos y obligaciones aquí se refieren a los objetos de las relaciones jurídicas.

En términos jurídicos, los objetos generales se dividen en riqueza, riqueza material, riqueza conductual y riqueza intangible. Los objetos de las relaciones jurídicas se dividen en cuatro categorías.

1) Es objeto de riqueza.

Las finanzas generalmente se refieren a fondos y valores diversos. El objeto de la riqueza en las relaciones jurídicas son principalmente los fondos de construcción, como por ejemplo el objeto de un contrato de préstamo de infraestructura, que es una determinada cantidad de dinero.

2) Representa el objeto de las cosas

Las cosas en sentido jurídico se refieren a los medios de producción y consumo con valor económico que las personas pueden controlar.

3) El objeto de la conducta.

El comportamiento en el sentido jurídico se refiere a las actividades conscientes de las personas.

4) El objeto de riqueza intangible.

La riqueza intangible en el sentido jurídico se refiere a los resultados del trabajo mental o de la creación intelectual de las personas, también llamados logros intelectuales.

(3) Contenido de la relación jurídica

El contenido de la relación jurídica son derechos y obligaciones.

1) Permisos

Los derechos se refieren a los derechos de los sujetos de una relación jurídica para realizar diversas actividades dentro del ámbito legal. Para hacer realidad sus derechos, los sujetos de derechos pueden exigir a otros sujetos que realicen determinadas conductas o restringir determinadas conductas. Cuando los derechos no pueden realizarse debido a la conducta de otros sujetos, tienen derecho a solicitar protección y sanciones a los organismos estatales.

2) Obligación

Obligación significa que el sujeto de una relación jurídica debe asumir responsabilidades conforme a la ley o acuerdo. Las obligaciones y los derechos son correspondientes, y los sujetos correspondientes deben cumplir conscientemente con sus obligaciones constructivas. Si el deudor no cumple o lo hace incorrectamente, asumirá la responsabilidad legal correspondiente.