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Cómo determinar la jurisdicción en casos de delitos cibernéticos

Al confirmar la jurisdicción penal de los delitos cibernéticos, se debe utilizar como base razonable el destino final del delito cibernético, el lugar donde se comete el delito cibernético y el lugar donde se producen los resultados del delito cibernético.

1. El destino del comportamiento de la red.

El comportamiento online debe tener un propósito. Por lo tanto, el propósito de un acto puede servir como punto de conexión para determinar la competencia. Si el actor pone información y datos a disposición de personas específicas en la red y quiere que otros visiten la página, o envía intencionalmente información y datos a un objetivo específico, el propósito de este contacto proactivo está directa e intencionalmente relacionado con la ubicación del objetivo. . De esta conexión intencional directa se puede inferir que la intención del actor es aceptar la ley del lugar de destino, que forma la base de la competencia del tribunal en el lugar de destino.

2. Dónde se produce el ciberdelito.

El ciberdelito debe realizarse a través de determinados equipos informáticos, teniendo al autor como centro y los equipos utilizados para cometer el delito como pistas para determinar la localización del mismo. Los terminales informáticos, servidores y otros equipos utilizados por los autores para cometer delitos cibernéticos son relativamente fijos. Por lo tanto, la ubicación de los servidores, terminales informáticos y otros equipos utilizados por los autores para cometer delitos cibernéticos puede considerarse como el lugar donde se cometió el delito. .

3. Los resultados del cibercrimen.

Debido a la naturaleza global de la comunicación por Internet, cualquier comportamiento en línea afectará a innumerables lugares. Si esto se utiliza como base para la competencia, conducirá inevitablemente a la proliferación de tribunales competentes. Sin embargo, los delitos cibernéticos como la infracción de secretos comerciales, el espionaje, la intrusión en la red, la propagación de virus destructivos, las bombas lógicas, la colocación de programas de puerta trasera, el espionaje, la copia, el cambio o la eliminación de información informática son de naturaleza * *, es decir, se debe invadir la red de información informática de otras personas para cometer el delito. Por lo tanto, si la ubicación del sistema LAN, terminal de computadora y otros equipos invadidos se considera resultado de un delito, no hay objeción a que el tribunal local tenga competencia.