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Contenido de capacitación sobre leyes y regulaciones de seguridad en la producción

Artículo 1 Con el fin de fortalecer y estandarizar la capacitación en seguridad de las unidades de producción y negocios, mejorar la calidad de la seguridad de los empleados, prevenir accidentes y reducir los riesgos laborales, este reglamento se formula de acuerdo con la Ley de Seguridad de la Producción y las leyes y reglamentos administrativos pertinentes.

Artículo 2: El presente reglamento se aplica a la capacitación en seguridad de los empleados de las unidades de producción y negocios industriales, mineras, comerciales y comerciales (en adelante, unidades de producción y negocios).

Artículo 3 Las unidades de producción y de negocio serán responsables de la formación en seguridad de los empleados.

Las unidades de producción y negocios deberán establecer y mejorar un sistema de capacitación en seguridad de acuerdo con la Ley de Seguridad en la Producción, las leyes pertinentes, los reglamentos administrativos y estos reglamentos.

Artículo 4 Los empleados que deben recibir capacitación en seguridad en una unidad de producción y operación comercial incluyen al responsable principal, el personal de gestión de seguridad de producción, el personal de operaciones especiales y otros empleados.

Los empleados de las unidades de producción y de negocios deben recibir capacitación en seguridad, estar familiarizados con las reglas y regulaciones de producción de seguridad y los procedimientos de operación seguros relevantes, tener el conocimiento de producción de seguridad necesario, dominar las habilidades de operación segura para sus puestos y fortalecer sus habilidades profesionales. habilidades para prevenir accidentes y controlar los peligros en el trabajo y la capacidad de responder a emergencias.

Los empleados que no hayan superado la formación en seguridad de producción no podrán trabajar.

Artículo 5 La Administración Estatal de Seguridad en el Trabajo orienta el trabajo nacional de capacitación en seguridad y supervisa y gestiona el trabajo nacional de capacitación en seguridad de acuerdo con la ley.

Los departamentos competentes pertinentes del Consejo de Estado orientarán y supervisarán el trabajo de capacitación en seguridad en esta industria de acuerdo con sus respectivas responsabilidades y formularán medidas de implementación de acuerdo con estas regulaciones.

La Administración Estatal de Seguridad en las Minas de Carbón brinda orientación, supervisión e inspección de la capacitación en seguridad en las minas de carbón en todo el país.

Los departamentos de supervisión y gestión de la seguridad de la producción en todos los niveles y las agencias de supervisión de la seguridad de las minas de carbón (en adelante, departamentos de supervisión y supervisión de la seguridad de la producción) deberán supervisar y gestionar la capacitación en seguridad de las unidades de producción y operación en de conformidad con sus respectivas responsabilidades y de conformidad con la ley.