¿Es necesario hacer públicas las propuestas y respuestas del congreso de profesores de escuela? ¿Cuál es la base jurídica?
Capítulo 2 Derechos y Obligaciones
Artículo 7 Los docentes gozan de los siguientes derechos:
(1) Actividades educativas y docentes, reformas y experimentos educativos y docentes;
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(2) Participar en investigaciones científicas e intercambios académicos, participar en grupos académicos profesionales y expresar plenamente opiniones en actividades académicas;
(3) Guiar el aprendizaje de los estudiantes y desarrollo, y evaluar la conducta y el desempeño académico de los estudiantes;
(4) Recibir salarios a tiempo, disfrutar de beneficios estipulados por el estado y vacaciones pagadas durante las vacaciones de invierno y verano;
( 5) Contribuir a la educación, enseñanza, gestión de la escuela y presentar opiniones y sugerencias sobre el trabajo del departamento de administración educativa, y participar en la democracia y gestión de la escuela a través de la conferencia de representantes de la facultad u otras formas;
(6) Participar en estudios posteriores u otras formas de formación.