Sistema de evasión del comité de sentencias
Base jurídica: Varias disposiciones para impedir que el personal del tribunal interfiera con la tramitación del caso durante los juicios. Artículo 1 Al conocer de varios casos, el panel colegiado, además de anunciar la composición del panel colegiado, a las partes. por escrito, también proporcionará a las partes una lista escrita de todos los miembros del comité, y preguntará a las partes si solicitan la recusación de las personas antes mencionadas y lo hará constar en el acta.
Artículo 2. Serán recusados los miembros del comité de adjudicación que tengan las siguientes relaciones con el caso sometido a discusión. También tienen derecho a solicitar la recusación las partes y sus representantes legales: (1) Que sean partes. al caso o tener parientes consanguíneos directos o dentro de tres generaciones parientes consanguíneos colaterales o parientes matrimoniales (2) que él o sus parientes cercanos tengan interés en el caso (3) hayan servido como testigos, tasadores, examinadores, defensores o litigantes; agentes en el caso (4) Agentes litigantes en el caso La persona y el defensor tienen una relación de marido y mujer, padres, hijos o hermanos;_ (5) Tengo otros intereses con las partes del caso, que pueden afectar el proceso; tratamiento justo del caso.
Artículo 3 Si un miembro del comité de adjudicación incurre en cualquiera de las siguientes circunstancias, se inhibirá, teniendo también derecho a inhibirse las partes y sus representantes legales: (1 ) Son los miembros del panel colegiado que sometió el caso a discusión (2) Son quienes emitieron el caso El responsable del nuevo juicio o el miembro del panel colegiado _Cuando se discute el caso, el miembro del comité; Puede actuar como reportero para informar el foco de controversia del caso al comité de adjudicación y explicar las razones por las que es necesario informar al comité de adjudicación para su discusión y decisión, pero no puede participar en la votación del caso.