Red de Respuestas Legales - Derecho de patentes - Si uno de los cónyuges comete un delito, ¿es necesario que el cónyuge firme un mandato para contratar a un abogado, o los demás miembros de la familia también tienen derecho? (como padres, hermanos)

Si uno de los cónyuges comete un delito, ¿es necesario que el cónyuge firme un mandato para contratar a un abogado, o los demás miembros de la familia también tienen derecho? (como padres, hermanos)

No necesariamente se requiere delegación conyugal. Según lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Penal, siempre que sean parientes cercanos del sospechoso de un delito (marido, esposa, padre, madre, hijo, hija, hermanos y hermanas), pueden confiar a un abogado defensor la representación del cliente.

Por supuesto, después de que un familiar cercano designe un abogado defensor, también se debe obtener el consentimiento cuando el abogado se reúna con el cliente. Si una parte se niega a ser defendida por un abogado defensor, el abogado encargado no podrá actuar como defensor para realizar la defensa.

Ley de Procedimiento Penal

Artículo 33 El sospechoso de un delito tiene derecho a confiar un defensor desde el primer día del interrogatorio o de las medidas obligatorias adoptadas por el organismo de investigación. Durante la investigación, sólo se puede confiar la defensa a abogados. El acusado tiene derecho a confiar un defensor en cualquier momento.

Al interrogar a un sospechoso de un delito o tomar medidas coercitivas contra él por primera vez, el organismo de investigación le informará del derecho a confiarle un defensor. La Fiscalía Popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de recepción de los materiales del caso transferidos para su revisión y enjuiciamiento, informará al sospechoso de un delito sobre su derecho a confiar un defensor. El Tribunal Popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de aceptación del caso, notificará al imputado su derecho a confiar un defensor. Si un sospechoso o acusado de un delito solicita que se le encomiende un defensor mientras se encuentra bajo custodia, el tribunal popular, la fiscalía popular y los órganos de seguridad pública comunicarán sin demora la solicitud.

Si un sospechoso o acusado de un delito se encuentra detenido, su tutor o pariente cercano también podrá confiarle un defensor.

Después de aceptar la encomienda de un sospechoso o acusado de un delito, el defensor deberá notificar de inmediato a la agencia que maneja el caso.

Artículo 106 Los siguientes términos en esta Ley tienen el significado:

(1) "Investigación" se refiere a la investigación realizada por los órganos de seguridad pública y la Fiscalía Popular en el proceso de manejo de casos de acuerdo con la ley. Investigación especial y medidas obligatorias relacionadas;

(2) "Partes" se refiere a víctimas, fiscales privados, sospechosos de delitos, demandados, demandantes y demandados en litigios civiles adjuntos;

(3) "Representante legal" se refiere a los padres del cliente, padres adoptivos, tutores y representantes de agencias y grupos responsables de la protección;

(4) "Participantes del litigio" se refiere a las partes, Agentes legales, agentes ad litem, defensores, testigos, tasadores y traductores;

(5) "Agente ad litem" se refiere a la víctima y su agente legal o familiares cercanos en casos de procesamiento público, casos de procesamiento privado El fiscal particular y su representante legal encomiendan a la persona a participar en el litigio en su nombre, y las partes del litigio civil adjunto y su representante legal encomiendan a la persona a participar en el litigio en su nombre;

(6) "Parientes cercanos" se refiere a maridos, esposa, padre, madre, hijo, hija, hermano o hermana.