Medidas de gestión de la formación en seguridad
Artículo 1. Con el fin de fortalecer la gestión de la capacitación en seguridad en la producción, estandarizar el orden de la capacitación en seguridad en la producción, garantizar la calidad de la capacitación en seguridad en la producción y promover la sano desarrollo de la capacitación en seguridad productiva, de acuerdo con la "Ley de Seguridad en el Trabajo" y Estas Medidas se formulan de acuerdo con las leyes y reglamentos administrativos pertinentes.
Artículo 2: Estas Medidas se aplican a las instituciones de capacitación en seguridad, unidades de producción y negocios que participan en actividades de capacitación en producción de seguridad (en adelante, capacitación en seguridad), así como a la supervisión de la capacitación en seguridad por parte de la supervisión de producción de seguridad y gestionan los departamentos de gestión y las agencias de supervisión de seguridad de las minas de carbón. Si las leyes, los reglamentos administrativos y el Consejo de Estado dispusieran otra cosa, prevalecerán tales disposiciones.
Artículo 3 El término “capacitación en seguridad” como se menciona en estas Medidas se refiere a actividades educativas y de capacitación destinadas a mejorar la calidad de la seguridad de los supervisores de seguridad, los empleados de las unidades de producción y operación y el personal involucrado en la producción de seguridad.
El personal de supervisión de seguridad mencionado en el párrafo anterior se refiere a los supervisores de producción de seguridad y a los supervisores de seguridad de las minas de carbón enviados por los departamentos de gestión y supervisión de la seguridad laboral de los gobiernos populares a nivel de condado o superior y de seguridad de las minas de carbón. agencias de supervisión en todos los niveles para participar en la supervisión de la seguridad y la aplicación de la ley administrativa;
Los empleados de las unidades de producción y negocios se refieren a las principales personas a cargo de las unidades de producción y negocios, el personal de gestión de seguridad de la producción y las operaciones especiales. el personal y otros empleados relevantes involucrados en la seguridad de la producción se refieren a aquellos involucrados en la educación sobre seguridad. Maestros de capacitación, personal de registro de sustancias químicas peligrosas, personal responsable de la evaluación, consulta, prueba e inspección de seguridad, e ingenieros de seguridad registrados.
Artículo 4 La formación en seguridad implementará los principios de planificación unificada, gestión centralizada, implementación jerárquica, orientación clasificada y separación de enseñanza y examen.
La Administración Estatal de Seguridad en el Trabajo (Administración Estatal de Seguridad en el Trabajo) (en adelante, la Administración Estatal de Seguridad en el Trabajo) orienta el trabajo de capacitación en seguridad nacional y supervisa y gestiona el trabajo de capacitación en seguridad nacional de acuerdo con la ley.
Los departamentos de supervisión y gestión de la seguridad en la producción de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central supervisarán y gestionarán la formación en seguridad dentro de sus respectivas regiones administrativas de conformidad con la ley.
Las provincias, regiones autónomas y municipios que hayan establecido agencias de supervisión de la seguridad de las minas de carbón deberán supervisar y gestionar la capacitación en seguridad de las empresas mineras de carbón dentro de sus jurisdicciones de conformidad con la ley.