¿Qué disposiciones legales regulan la validez de los contratos condicionales?
Base Jurídica
Artículo 158 del Código Civil
A los actos jurídicos civiles se les pueden imponer condiciones, salvo que por su naturaleza no puedan imponerse condiciones. Un acto jurídico civil con condiciones para su eficacia surtirá efectos cuando se cumplan las condiciones. Los actos jurídicos civiles con condiciones de rescisión son nulos cuando se cumplen las condiciones.
Artículo 159
En un acto jurídico civil condicional, si las partes impiden indebidamente el cumplimiento de la condición por intereses propios, se considerará cumplido la condición; y se facilitará indebidamente el cumplimiento de la condición. En caso contrario, se considerará que la condición ha fracasado.
Artículo 160
Los actos jurídicos civiles pueden estar sujetos a plazo, pero por su naturaleza no lo estarán. Los actos jurídicos civiles con plazo de vigencia surtirán efectos al vencimiento del plazo. Los actos jurídicos civiles que tengan plazo de extinción quedarán nulos al vencimiento del plazo de extinción.