Red de Respuestas Legales - Derecho de patentes - ¿Qué debo hacer si un huésped se cola en el hotel?

¿Qué debo hacer si un huésped se cola en el hotel?

Análisis legal: Cuando un cliente se cae, primero debemos mirar qué causó la caída del cliente. Si el diseño de los escalones es irrazonable e irregular, o el suelo está resbaladizo por motivos del hotel, el operador deberá asumir cierta responsabilidad por la compensación. En términos de elementos de compensación, las víctimas de lesiones personales pueden reclamar una compensación por diversos gastos médicos y reducción de ingresos debido a la pérdida de trabajo, incluidos gastos médicos, gastos de trabajo perdidos, gastos de enfermería, gastos de transporte, gastos de alojamiento, subsidios de comidas de hospitalización y tarifas de nutrición necesarias. etc. Si la víctima queda discapacitada debido a una lesión, el deudor de la indemnización también deberá compensar los gastos necesarios incurridos debido al aumento de las necesidades de la vida diaria y la pérdida de ingresos causada por la pérdida de la capacidad laboral, incluida la compensación por discapacidad, los dispositivos de asistencia para la discapacidad, los dependientes. ' Gastos de manutención, y Honorarios de rehabilitación necesarios, honorarios de enfermería y honorarios de tratamiento de seguimiento realmente incurridos para la atención de rehabilitación y el tratamiento continuo. Sin embargo, si la caída es por culpa del propio cliente, como que el cliente derrame una bebida y haga que el suelo esté resbaladizo, provocando que el cliente se caiga, el hotel generalmente no asume la responsabilidad.

Base jurídica: Artículo 1198 del Código Civil de la República Popular China. Los operadores, gerentes u organizadores de actividades masivas en hoteles, centros comerciales, bancos, estaciones, aeropuertos, recintos deportivos, lugares de entretenimiento y otros lugares de negocios soportarán responsabilidad extracontractual si no cumplen con sus obligaciones de garantía de seguridad y causan daños a otros. Si la conducta de un tercero causa daño a otros, el tercero asumirá la responsabilidad extracontractual; si el operador, administrador u organizador incumple las obligaciones de garantía de seguridad, asumirá la responsabilidad suplementaria correspondiente; Después de que el operador, administrador u organizador asuma la responsabilidad suplementaria, podrá exigir una compensación al tercero.