¿En qué año entró en vigor el "Reglamento sobre Asuntos Religiosos"?
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Subjetividad jurídica: El nuevo "Reglamento sobre Asuntos Religiosos" revisado entrará en vigor el 1 de febrero de 2065438. Según el artículo 1 del "Reglamento sobre Asuntos Religiosos", con el fin de proteger la libertad de creencia religiosa de los ciudadanos, mantener la armonía religiosa y la armonía social, estandarizar la gestión de los asuntos religiosos y mejorar el nivel de legalización del trabajo religioso, este reglamento se formulan de conformidad con las leyes pertinentes. Artículo 2. Los ciudadanos tienen libertad de creencia religiosa. Ninguna organización o individuo podrá obligar a los ciudadanos a creer en una religión o a no creer en una religión, ni podrá discriminar a los ciudadanos que creen en una religión (en adelante, ciudadanos que creen en una religión) o a los ciudadanos que no creen en una religión. religión (en adelante, ciudadanos que no creen en una religión). Los ciudadanos que creen en la religión, los ciudadanos que no creen en la religión y los ciudadanos que creen en diferentes religiones deben respetarse unos a otros y vivir en armonía. El "Reglamento sobre Asuntos Religiosos" recientemente revisado entró en vigor el 1 de febrero de 2065438. Según el artículo 1 del "Reglamento sobre Asuntos Religiosos", con el fin de proteger la libertad de creencia religiosa de los ciudadanos, mantener la armonía religiosa y la armonía social, estandarizar la gestión de los asuntos religiosos y mejorar el nivel de legalización del trabajo religioso, este reglamento se formulan de conformidad con las leyes pertinentes. Artículo 2. Los ciudadanos tienen libertad de creencia religiosa. Ninguna organización o individuo podrá obligar a los ciudadanos a creer en una religión o a no creer en una religión, ni podrá discriminar a los ciudadanos que creen en una religión (en adelante, ciudadanos que creen en una religión) o a los ciudadanos que no creen en una religión. religión (en adelante, ciudadanos que no creen en una religión). Los ciudadanos que creen en la religión, los ciudadanos que no creen en la religión y los ciudadanos que creen en diferentes religiones deben respetarse unos a otros y vivir en armonía.
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Ninguna organización o individuo podrá obligar a los ciudadanos a creer en una religión o a no creer en una religión, ni podrá discriminar a los ciudadanos que creen en una religión (en adelante, ciudadanos que creen en una religión) o a los ciudadanos que no creen en una religión. religión (en adelante, ciudadanos que no creen en una religión). Los ciudadanos que creen en la religión, los ciudadanos que no creen en la religión y los ciudadanos que creen en diferentes religiones deben respetarse unos a otros y vivir en armonía. El "Reglamento sobre Asuntos Religiosos" recientemente revisado entró en vigor el 1 de febrero de 2065438. Según el artículo 1 del "Reglamento sobre Asuntos Religiosos", con el fin de proteger la libertad de creencia religiosa de los ciudadanos, mantener la armonía religiosa y la armonía social, estandarizar la gestión de los asuntos religiosos y mejorar el nivel de legalización del trabajo religioso, este reglamento se formulan de conformidad con las leyes pertinentes. Artículo 2. Los ciudadanos tienen libertad de creencia religiosa. Ninguna organización o individuo podrá obligar a los ciudadanos a creer en una religión o a no creer en una religión, ni podrá discriminar a los ciudadanos que creen en una religión (en adelante, ciudadanos que creen en una religión) o a los ciudadanos que no creen en una religión. religión (en adelante, ciudadanos que no creen en una religión). Los ciudadanos que creen en la religión, los ciudadanos que no creen en la religión y los ciudadanos que creen en diferentes religiones deben respetarse unos a otros y vivir en armonía.
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