Un sistema jurídico que promueva el empleo
Capítulo 2 Apoyo a políticas
Capítulo 3 Empleo justo
Capítulo 4 Gestión y servicios de empleo
Capítulo 5 Formación profesional Educación y Capacitación
Capítulo 6 Asistencia al Empleo
Capítulo 7 Supervisión e Inspección
Capítulo 8 Responsabilidades Legales
Capítulo 9 Disposiciones Complementarias Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Esta Ley se promulga con el fin de promover el empleo, coordinar el desarrollo económico y ampliar el empleo, y promover la armonía y la estabilidad social.
Artículo 2 El Estado coloca la expansión del empleo en una posición destacada en el desarrollo económico y social, implementa políticas activas de empleo, se adhiere a los principios de que los trabajadores elijan su propio trabajo, que el mercado regule el empleo y que el gobierno promueva el empleo. y ampliar el empleo a través de múltiples canales.
Artículo 3 Los trabajadores tienen derecho a igualdad de empleo y a elección independiente de empleo de conformidad con la ley.
Los trabajadores no serán discriminados por motivos de origen étnico, raza, género o creencias religiosas.
Artículo 4 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior considerarán la expansión del empleo como un objetivo importante del desarrollo económico y social, lo incorporarán al plan nacional de desarrollo económico y social y formularán medidas de mediano y largo plazo. planes a largo plazo y planes de trabajo anuales para la promoción del empleo.
Artículo 5 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior crearán condiciones de empleo y expandirán el empleo desarrollando la economía, ajustando la estructura industrial, regulando el mercado de recursos humanos, mejorando los servicios de empleo, fortaleciendo la educación y formación vocacionales, y proporcionando asistencia laboral.
Artículo 6 El Consejo de Estado establecerá un mecanismo de coordinación nacional para la promoción del empleo, estudiará las principales cuestiones laborales y coordinará y promoverá el trabajo nacional de promoción del empleo. El Departamento de Administración Laboral del Consejo de Estado es específicamente responsable de la promoción del empleo en todo el país.
Los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central, basándose en la necesidad de promover el empleo, establecerán un mecanismo de coordinación para la promoción del empleo para coordinar y resolver los principales problemas de empleo en sus respectivos países. regiones administrativas.
Los departamentos pertinentes de los gobiernos populares a nivel de condado o superior harán un buen trabajo en la promoción del empleo de acuerdo con sus respectivas responsabilidades.
Artículo 7 El Estado anima a los trabajadores a establecer conceptos correctos de elección de carrera y mejorar su empleabilidad y capacidad empresarial. Alentar a los trabajadores a iniciar sus propios negocios y elegir sus propios trabajos.
Los gobiernos populares en todos los niveles y departamentos relevantes deben simplificar los procedimientos, mejorar la eficiencia y brindar comodidad a los trabajadores para iniciar sus propios negocios y elegir sus propios trabajos.
Artículo 8 El empleador tiene derecho a seleccionar independientemente a sus empleados de conformidad con la ley.
Los empleadores salvaguardarán los derechos e intereses legítimos de los trabajadores de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y otras leyes y reglamentos.
Artículo 9 Los sindicatos, la Liga de la Juventud Comunista, la Federación de Mujeres, la Federación de Personas con Discapacidad y otros grupos sociales ayudarán al gobierno popular a promover el empleo y salvaguardar los derechos laborales de los trabajadores de conformidad con la ley.
Artículo 10 Los gobiernos populares de todos los niveles y departamentos pertinentes elogiarán y recompensarán a las unidades e individuos que hayan logrado logros sobresalientes en la promoción del empleo. Capítulo 2 Apoyo a las políticas Artículo 11 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior considerarán la expansión del empleo como una responsabilidad importante y coordinarán las políticas industriales y las políticas de empleo.
Artículo 12 El Estado alienta a todo tipo de empresas a establecer industrias o ampliar sus operaciones dentro del alcance especificado por las leyes y reglamentos para aumentar el empleo.
El Estado fomenta el desarrollo de industrias intensivas en mano de obra y de servicios, apoya a las pequeñas y medianas empresas y crea empleos a través de diversos canales y métodos.
El Estado fomenta, apoya y orienta el desarrollo de la economía privada, amplía el empleo y crea más puestos de trabajo.
Artículo 13: El Estado desarrolla el comercio interior y exterior y la cooperación económica internacional y amplía los canales de empleo.
Artículo 14 Al organizar la inversión gubernamental y determinar los grandes proyectos de construcción, los gobiernos populares a nivel de condado o superior deberán aprovechar plenamente el papel de la inversión y los grandes proyectos de construcción para promover y aumentar el empleo.
Artículo 15 El Estado implementará políticas fiscales que conduzcan a promover el empleo, aumentar la inversión de capital, mejorar el entorno laboral y ampliar el empleo.
Los gobiernos populares a nivel de condado o superior deberán, en función de la situación y los objetivos de empleo, asignar fondos especiales para el empleo en el presupuesto fiscal para promover el empleo.
Los fondos especiales para el empleo se utilizan para la introducción de empleo, formación profesional, puestos de bienestar público, evaluación de habilidades vocacionales, políticas de empleo específicas y subsidios de seguridad social, pequeños fondos de garantía de préstamos y descuentos de intereses para proyectos de baja rentabilidad, y apoyo a los servicios públicos de empleo. Las medidas de gestión para el uso de fondos especiales para el empleo serán formuladas por el departamento financiero y el departamento administrativo laboral del Consejo de Estado.
Artículo 16: El Estado establece y mejora el sistema de seguro de desempleo, protege los medios de vida básicos de los desempleados de conformidad con la ley y promueve el empleo de los desempleados.
Artículo 17: El Estado alienta a las empresas a aumentar los puestos de trabajo, apoya el empleo de personas desempleadas y discapacitadas y proporciona incentivos fiscales a las siguientes empresas y personal de conformidad con la ley:
(1) Absorber empleados de conformidad con la normativa nacional Empresas de desempleados con condiciones específicas;
(2) Pequeñas y medianas empresas fundadas por desempleados;
(3 ) Empresas que colocan a personas discapacitadas en proporciones prescritas o utilizan a personas discapacitadas de manera intensiva;
(4) Personas desempleadas que trabajan por cuenta propia y cumplen con las condiciones estipuladas por el estado
; (5) Personas con discapacidad que trabajan por cuenta propia;
(6) Personas con discapacidad otorgadas por el Consejo de Estado Incentivos fiscales para otras empresas y personas.
Artículo 18 Los departamentos pertinentes brindarán atención al personal especificado en los incisos (4) y (5) del artículo 17 de esta Ley en términos de locales comerciales y los eximirán de tarifas administrativas.
Artículo 19: El Estado implementa políticas financieras que conduzcan a promover el empleo y aumentar los canales de financiación para las pequeñas y medianas empresas; alienta a las instituciones financieras a mejorar los servicios financieros y aumentar el apoyo crediticio a las pequeñas y medianas empresas; empresas de gran tamaño y proporcionar a las empresas autónomas un determinado período de tiempo. Los profesionales reciben apoyo, como pequeños préstamos.
Artículo 20: El Estado implementa una política de empleo que coordina las áreas urbanas y rurales, establece y mejora un sistema de empleo igualitario para los trabajadores urbanos y rurales, y orienta la transferencia ordenada del excedente de mano de obra agrícola al empleo.
Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior promueven la construcción de ciudades pequeñas y aceleran el desarrollo económico de los condados, y guían la fuerza laboral agrícola excedente para transferir empleo a nivel local y cercano al planificar ciudades pequeñas, la transferencia de empleo; del excedente de mano de obra agrícola en este ámbito es un tema importante.
Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior deben guiar la transferencia ordenada del excedente de mano de obra agrícola a diferentes ciudades para su empleo; los gobiernos populares de los lugares de exportación e importación de mano de obra deben cooperar entre sí para mejorar el medio ambiente y condiciones para que los trabajadores migrantes encuentren empleo en las ciudades.
Artículo 21: El Estado apoya el desarrollo económico regional, fomenta la cooperación regional y coordina el crecimiento equilibrado del empleo en varias regiones.
El estado apoya a las áreas minoritarias en el desarrollo de sus economías y la expansión del empleo.
Artículo 22 Los gobiernos populares de todos los niveles elaborarán planes generales para el empleo de nueva fuerza laboral urbana, la transferencia de fuerza laboral excedente agrícola y el empleo de personas desempleadas.
Artículo 23 Los gobiernos populares de todos los niveles tomarán medidas para mejorar e implementar gradualmente políticas laborales y de seguridad social adecuadas para el empleo a tiempo parcial y otros empleos flexibles, y brindarán asistencia y servicios al personal de empleo flexible.
Artículo 24 Los gobiernos populares locales de todos los niveles y los departamentos pertinentes reforzarán la orientación para que los desempleados trabajen por cuenta propia y proporcionarán servicios tales como consulta sobre políticas, capacitación laboral y orientación empresarial. Capítulo 3 Empleo Justo Artículo 25 Los gobiernos populares en todos los niveles crean un ambiente de empleo justo, eliminan la discriminación laboral, formulan políticas y toman medidas para brindar apoyo y asistencia a las personas con dificultades laborales.
Artículo 26 Los empleadores y los intermediarios laborales que realicen actividades de intermediación laboral deberán brindar a los trabajadores igualdad de oportunidades de empleo y condiciones laborales justas, y no participarán en discriminación laboral.
Artículo 27 El Estado garantiza que las mujeres disfruten de iguales derechos laborales que los hombres.
A excepción de los tipos de trabajo o puestos que no son adecuados para las mujeres según lo estipulado por el Estado, los empleadores no pueden negarse a contratar mujeres ni elevar los estándares de contratación de mujeres por motivos de género.
Cuando un empleador contrate empleadas, no deberá estipular en el contrato de trabajo ninguna restricción sobre el matrimonio y la maternidad de las empleadas.
Artículo 28 Los trabajadores de todos los grupos étnicos gozan de iguales derechos laborales.
Al contratar personal, los empleadores deben brindar la atención adecuada a los empleados de minorías étnicas de conformidad con la ley.
Artículo 29: El Estado protege los derechos laborales de las personas con discapacidad.
Los gobiernos populares en todos los niveles deben elaborar planes generales para el empleo de las personas discapacitadas y crear condiciones de empleo para las personas discapacitadas.
Los empleadores no discriminarán a las personas con discapacidad al contratar personal.
Artículo 30 El empleador no podrá negar el empleo por el hecho de que una persona sea portadora de una enfermedad infecciosa. Sin embargo, los portadores de patógenos de enfermedades infecciosas identificados médicamente no pueden realizar trabajos que sean propensos a la propagación de enfermedades infecciosas prohibidas por las leyes, los reglamentos administrativos y el departamento de administración de salud del Consejo de Estado antes de que se hayan curado o se sospeche que están infectados.
Artículo 31 Los trabajadores rurales que ingresan a la ciudad en busca de empleo disfrutan de los mismos derechos laborales que los empleados urbanos, y no se podrán imponer restricciones discriminatorias al empleo de los trabajadores rurales en esta ciudad. Capítulo 4 Servicios y gestión de empleo Artículo 32 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior cultivarán y mejorarán un mercado de recursos humanos unificado, abierto y competitivo para proporcionar servicios de empleo a los trabajadores.
Artículo 33 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior alentarán a todos los sectores de la sociedad a llevar a cabo actividades de servicios de empleo de conformidad con la ley, fortalecerán la orientación y supervisión de los servicios públicos de empleo y los servicios intermediarios de empleo, y gradualmente mejorar el sistema de servicios de empleo que cubre las zonas urbanas y rurales.
Artículo 34 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior fortalecerán la construcción de redes de información del mercado de recursos humanos e instalaciones relacionadas, establecerán y mejorarán el sistema de servicios de información del mercado de recursos humanos y mejorarán el sistema de publicación de información del mercado.
Artículo 35 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior establecerán y mejorarán el sistema de servicio público de empleo, establecerán agencias de servicio público de empleo y proporcionarán los siguientes servicios a los trabajadores de forma gratuita:
(1) Consulta sobre políticas y regulaciones de empleo;
(2) Divulgación de información sobre oferta y demanda ocupacional, información sobre precios de orientación salarial del mercado e información sobre capacitación vocacional;
(3) Carrera orientación e introducción al empleo;
(4) Proporcionar asistencia laboral a personas con dificultades laborales;
(5) Gestionar el registro de empleo, el registro de desempleo y otros asuntos;
(6) Otros servicios públicos de empleo.
Las agencias del servicio público de empleo mejorarán continuamente la calidad y eficiencia del servicio y no realizarán actividades comerciales.
* * *Los fondos del servicio de empleo se incluyen en el presupuesto fiscal al mismo nivel.
Artículo 36: Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior proporcionarán a los intermediarios laborales servicios de empleo de bienestar público y otorgarán subsidios de acuerdo con las regulaciones.
El Estado anima a todos los sectores de la sociedad a proporcionar donaciones y financiación para los servicios públicos de empleo de bienestar.
Artículo 37 Los gobiernos populares locales en todos los niveles y departamentos relevantes no establecerán ni establecerán conjuntamente con otros ninguna agencia intermediaria profesional comercial.
Los gobiernos populares locales de todos los niveles, los departamentos pertinentes y las agencias de servicios públicos de empleo no cobrarán honorarios a los empleados cuando celebren ferias de empleo.
Artículo 38 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior y los departamentos pertinentes fortalecerán la gestión de las agencias intermediarias de empleo, las alentarán a mejorar la calidad del servicio y desempeñarán su papel en la promoción del empleo.
Artículo 39: Las actividades de intermediación profesional seguirán los principios de legalidad, honestidad, credibilidad, equidad y publicidad.
Cuando un empleador recluta personal a través de una agencia de empleo, deberá proporcionar información veraz sobre la demanda de empleo a la agencia de empleo. Está prohibido que cualquier organización o individuo utilice las actividades de las agencias de empleo para infringir los derechos e intereses legítimos de los trabajadores.
Artículo 40 El establecimiento de una agencia intermediaria profesional deberá cumplir las siguientes condiciones:
(1) Tener estatutos y un sistema de gestión claros;
(2) Tener un estatuto y un sistema de gestión claros; desarrollo Locales fijos, instalaciones de oficina y una cierta cantidad de capital inicial necesario para el negocio;
(3) Un cierto número de personal a tiempo completo con las calificaciones profesionales correspondientes;
(4) Legal Otras condiciones especificadas reglamentariamente.
El establecimiento de agencias intermediarias profesionales estará sujeto a licencia administrativa de conformidad con la ley. Los intermediarios profesionales autorizados deberán registrarse en el departamento de administración industrial y comercial.
Las organizaciones sin permiso y registro legal no pueden participar en actividades de intermediación profesional.
Si el estado tiene otras regulaciones sobre intermediarios profesionales con inversión extranjera e intermediarios profesionales que brindan servicios de empleo en el extranjero a trabajadores, esas regulaciones prevalecerán.
Artículo 41: Los intermediarios profesionales no deberán realizar las siguientes conductas:
(1) Proporcionar información laboral falsa;
(2) Actuar sin licencias legales. el empleador proporciona servicios de agencia de empleo;
(3) falsifica, altera o transfiere licencias de agencia de empleo;
(4) confisca las tarjetas de identificación de residente y otros documentos de los empleados, o cobra depósitos de empleados;
(5) Otras violaciones de leyes y regulaciones.
Artículo 42 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior establecerán un sistema de alerta temprana de desempleo para prevenir y regular un posible desempleo a gran escala.
Artículo 43: El Estado establece un sistema de encuestas y estadísticas de la fuerza laboral y un sistema de registro de empleo y de desempleo, realiza encuestas y estadísticas sobre recursos laborales, empleo y desempleo, y publica encuestas y resultados estadísticos.
Cuando el departamento de estadística y el departamento de administración laboral realizan encuestas y estadísticas sobre la fuerza laboral y registros de empleo y desempleo, los empleadores y los individuos deben proporcionar verazmente la información requerida para las encuestas, estadísticas y registros. Capítulo 5 Educación y formación profesional Artículo 44 El Estado desarrolla la educación profesional de conformidad con la ley, fomenta la formación profesional y promueve a los trabajadores para mejorar sus habilidades vocacionales y mejorar su empleabilidad y capacidad empresarial.
Artículo 45 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior deberán formular e implementar planes de desarrollo de capacidades profesionales basados en el desarrollo económico y social y la demanda del mercado.
Artículo 46 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior fortalecerán la planificación y coordinación generales, alentarán y apoyarán a varios colegios vocacionales, instituciones de capacitación vocacional y empleadores para llevar a cabo capacitación previa al empleo y en el lugar de trabajo. capacitación y capacitación para el reempleo de conformidad con la ley y capacitación empresarial; se alienta a los trabajadores a participar en diversas formas de capacitación.
Artículo 47 Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior y los departamentos pertinentes alentarán y guiarán a las empresas para fortalecer la educación y la capacitación vocacionales en función de la demanda del mercado y la dirección del desarrollo de la industria.
Las escuelas vocacionales, las instituciones de capacitación vocacional y las empresas deben estar estrechamente vinculadas para implementar la integración de la industria y la educación para servir a la construcción económica y cultivar talentos prácticos y trabajadores técnicos.
Las empresas deben asignar fondos para la educación de los empleados de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes para proporcionar a los empleados capacitación vocacional y educación y capacitación continuas.
Artículo 48: El estado toma medidas para establecer y mejorar el sistema de preparación laboral. Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior proporcionarán educación y capacitación vocacional a los graduados de la escuela secundaria que tengan necesidades de empleo para un determinado período. período de tiempo, para que puedan obtener las correspondientes cualificaciones profesionales o dominar determinadas competencias profesionales.
Artículo 49: Los gobiernos populares locales en todos los niveles alientan y apoyan la capacitación laboral para ayudar a los desempleados a mejorar sus habilidades vocacionales y mejorar su empleabilidad y capacidad empresarial. Los desempleados que participen en formación para el empleo disfrutarán de subvenciones gubernamentales para la formación de conformidad con las reglamentaciones pertinentes.
Artículo 50 Los gobiernos populares locales en todos los niveles tomarán medidas efectivas para organizar y guiar a los trabajadores rurales que van a las ciudades en busca de empleo para que participen en capacitación laboral, y alentarán a diversas instituciones de capacitación a brindar capacitación laboral a los trabajadores rurales que ir a las ciudades en busca de empleo. Mejorar su empleabilidad y capacidades empresariales.
Artículo 51 El Estado implementará un sistema de certificación de calificación profesional para los trabajadores que realicen tipos especiales de trabajo que impliquen seguridad pública, salud personal y seguridad de la vida y la propiedad. Las medidas específicas serán prescritas por el Consejo de Estado. Capítulo 6 Asistencia al empleo Artículo 52 Los gobiernos populares en todos los niveles establecerán y mejorarán el sistema de asistencia al empleo y brindarán asistencia laboral clave a las personas con dificultades laborales a través de exenciones fiscales, descuentos en los intereses de los préstamos, subsidios de seguridad social, subsidios laborales, etc., y a través de Inserción laboral de bienestar público. Apoyo y ayuda focalizada.
Las personas con dificultades laborales se refieren a aquellas que no pueden encontrar empleo debido a condiciones físicas, niveles de habilidades, factores familiares, pérdida de tierras y otras razones. , y aquellos que llevan algún tiempo en paro. El alcance específico de las personas con dificultades laborales será estipulado por los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central en función de las condiciones reales de sus respectivas regiones administrativas.
Artículo 53: Para los puestos de bienestar público invertidos y desarrollados por el gobierno, se deberá dar prioridad a la contratación de personal que cumpla con los requisitos del puesto. Aquellos que estén dispuestos a trabajar en puestos de bienestar público recibirán subsidios laborales de acuerdo con las regulaciones nacionales.
Artículo 54: Los gobiernos populares locales en todos los niveles fortalecerán los servicios de asistencia al empleo de base, brindarán asistencia clave a las personas con dificultades laborales y brindarán servicios de empleo específicos y asistencia laboral de bienestar público.
Los gobiernos populares locales en todos los niveles alientan y apoyan a todos los sectores de la sociedad para proporcionar capacitación, información profesional y otros servicios a las personas con dificultades laborales.
Artículo 55 Los gobiernos populares en todos los niveles adoptarán medidas especiales de asistencia para promover el empleo de las personas discapacitadas.
Los empleadores deberán organizar el empleo para personas con discapacidad de acuerdo con las regulaciones nacionales, y el Consejo de Estado formulará medidas específicas.
Artículo 56: Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior adoptarán una variedad de formas de empleo, ampliarán el alcance de los puestos de bienestar público, desarrollarán puestos de trabajo y garantizarán que al menos un hogar que necesite empleo en la ciudad está empleado.
Las familias residentes en zonas urbanas cuyos familiares estén todos desempleados dentro de la edad legal para trabajar pueden solicitar asistencia laboral en las agencias de servicios públicos de empleo de la calle y de la comunidad donde viven. Las agencias de servicios públicos de empleo subdistritales y comunitarios deben proporcionar empleos adecuados para al menos una persona de la familia confirmada.
Artículo 57: El Estado alienta a las ciudades basadas en recursos y a las áreas industriales y mineras independientes a desarrollar industrias que satisfagan la demanda del mercado y orienten a los trabajadores a reubicarse en busca de empleo.
El gobierno popular de nivel superior proporcionará el apoyo y la asistencia necesarios a las zonas donde se concentran personas con dificultades de empleo debido al agotamiento de los recursos o al ajuste estructural económico. Capítulo 7 Supervisión e Inspección Artículo 58 Los gobiernos populares en todos los niveles y departamentos relevantes establecerán un sistema de responsabilidad objetivo para promover el empleo. Los gobiernos populares a nivel de condado o superior, de acuerdo con los requisitos de promoción del sistema de responsabilidad de objetivos de empleo, realizarán evaluaciones y supervisión de los departamentos y gobiernos populares pertinentes en el siguiente nivel.
Artículo 59 Los organismos de auditoría y los departamentos financieros supervisarán e inspeccionarán la administración y utilización de los fondos especiales para el empleo de conformidad con la ley.
Artículo 60 El departamento administrativo laboral supervisará e inspeccionará la implementación de esta ley, establecerá un sistema de denuncia, aceptará denuncias de violaciones a esta ley y las verificará y procesará oportunamente. Capítulo 8 Responsabilidades Legales Artículo 61 Si, en violación de las disposiciones de esta Ley, los departamentos de administración del trabajo correspondientes y su personal abusan de sus facultades, descuidan sus deberes, incurren en malas prácticas para beneficio personal, el responsable directo y otros directamente responsables El personal será sancionado de conformidad con la ley.
Artículo 62: Los trabajadores que violen las disposiciones de esta Ley y incurran en discriminación laboral podrán presentar demanda ante el Tribunal Popular.
Artículo 63: En violación de las disposiciones de esta Ley, los gobiernos populares locales de todos los niveles, los departamentos pertinentes y las agencias de servicios públicos de empleo establecerán agencias intermediarias de empleo comercial para participar en actividades de intermediación de empleo comercial y cobrar tarifas de La autoridad superior competente ordenará correcciones dentro de un plazo, devolverá a los trabajadores los honorarios cobrados ilegalmente e impondrá sanciones al supervisor directamente responsable y al resto del personal directamente responsable de conformidad con la ley.
Artículo 64 Quien viole las disposiciones de esta Ley y se dedique a actividades de intermediación laboral sin permiso y registro será clausurado por el departamento de administración del trabajo u otros departamentos competentes de conformidad con la ley, si los hubiere; ganancias ilegales, las ganancias ilegales serán confiscadas y se impondrá una multa no inferior a 10.000 RMB pero no superior a 50.000 RMB.
Artículo 65 Si una agencia de empleo viola las disposiciones de esta Ley al proporcionar información laboral y servicios de agencia de empleo falsos a empleadores sin licencias legales, o al falsificar, alterar o transferir licencias de agencia de empleo, será sancionada. por El departamento administrativo laboral u otros departamentos competentes ordenarán correcciones si hay ganancias ilegales, las ganancias ilegales serán confiscadas y se impondrá una multa de no menos de 10.000 yuanes pero no más de 50.000 yuanes si las circunstancias son graves; , se revocará la licencia de intermediario profesional.
Artículo 66 Si una agencia de empleo viola las disposiciones de esta Ley y dispersa las cédulas de residencia y otros documentos de los trabajadores, la administración del trabajo ordenará la devolución de las cédulas de identidad de los trabajadores dentro de un plazo e impondrá sanciones de conformidad con las leyes y reglamentos pertinentes.
Si una agencia de colocación viola las disposiciones de esta Ley y cobra depósitos a los trabajadores, la administración del trabajo ordenará la devolución de los depósitos a los trabajadores en un plazo determinado e impondrá una multa no menor de 500 yuanes, pero no más de 2.000 yuanes por persona.
Artículo 67 Si una empresa viola las disposiciones de esta Ley al no asignar fondos para educación de los empleados de acuerdo con las regulaciones estatales, o malversar fondos para la educación de los empleados, el departamento administrativo laboral le ordenará que haga correcciones e imponga sanciones. de conformidad con la ley.
Artículo 68 El que viole las disposiciones de esta Ley, infrinja los derechos e intereses legítimos de los trabajadores y cause pérdidas patrimoniales u otros daños, incurrirá en responsabilidad civil conforme a la ley si constituye delito; , la responsabilidad penal se perseguirá conforme a la ley. Capítulo 9 Disposiciones Complementarias Artículo 69 La presente Ley entrará en vigor a partir del 65438 de junio+65438 de octubre+octubre de 2008.