Estándares de compensación por discapacidad de Clase 1 para lesiones relacionadas con el trabajo
1. Asignación por invalidez de primer nivel: salario personal * 27 meses
2. salario personal * 90%;
3. Costo del equipo auxiliar;
4. El salario original y los beneficios se pagarán mensualmente durante la suspensión remunerada; Los empleadores y los empleados individuales pagarán por discapacidad. El subsidio es el monto base y se pagan las primas del seguro médico básico;
Asignaciones por discapacidad para los niveles uno a diez:
1, discapacidad de nivel uno. subsidio = salario personal x 90%;
2. Asignación por incapacidad de nivel 2 = X85% de mi salario;
3. Asignación por incapacidad de nivel 3 = 80% de mi salario; p>
4. Subsidio por discapacidad de nivel 4 = X75% de mi salario; el fondo del seguro de accidentes laborales paga entre 1 y 4 subsidios por discapacidad. Si el salario real es inferior al salario mínimo local, la diferencia será compensada por el fondo del seguro de accidentes de trabajo;
5. Invalidez de nivel cinco: salario personal x 70%;
6. Invalidez nivel seis: salario personal x60%. El empleador proporciona subsidios por discapacidad de nivel 5 y 6 para organizar el trabajo en momentos de dificultad.
En resumen, cuando un empleador firma un contrato laboral con un empleado, este incluye un seguro de accidentes laborales. Los trabajadores deben recibir un tratamiento rápido para garantizar su salud sin tener que preocuparse por el coste. La víctima de discapacidad de primer nivel ha perdido por completo la capacidad de trabajar. El empleador debe expresar sus condolencias a los familiares de manera oportuna, brindar atención humanística y ayudar a los familiares en el manejo de la compensación por lesiones relacionadas con el trabajo y otros asuntos.
Base legal:
Artículo 35 del "Reglamento del Seguro de Accidentes de Trabajo"
Si un empleado que queda incapacitado debido a accidentes de trabajo es identificado con discapacidad de nivel uno a nivel cuatro, se le mantendrán sus relaciones laborales, renunciando al empleo y disfrutando de los siguientes beneficios:
(1) Se le otorgará un subsidio de invalidez por única vez. pagado con cargo al fondo del seguro de accidentes laborales según el nivel de invalidez. Los estándares son: 27 meses de salario por incapacidad de primer nivel, 25 meses de salario por incapacidad de segundo nivel, 23 meses de salario por incapacidad de tercer nivel y 21 meses de salario por incapacidad de cuarto nivel;
(2) Prensa Las prestaciones por invalidez se pagan mensualmente con cargo al fondo del seguro de accidentes laborales. Los estándares son: la discapacidad de primer nivel es el 90% del salario, la discapacidad de segundo nivel es el 85%, la discapacidad de tercer nivel es el 80% y la discapacidad de cuarto nivel es el 75%. Si el monto real del subsidio por incapacidad es inferior al estándar de salario mínimo local, la diferencia será compensada por el fondo del seguro de lesiones relacionadas con el trabajo;
(3) Después de que el empleado lesionado alcance la jubilación edad y pasa por los procedimientos de jubilación, se suspenderá el pago del subsidio de invalidez de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes. Está estipulado para disfrutar de los beneficios del seguro de pensión básico. Si la prestación del seguro de pensión básico es inferior al subsidio de invalidez, el fondo del seguro de accidentes laborales cubrirá la diferencia.
Si un empleado queda discapacitado debido al trabajo y se le identifica con una discapacidad de nivel uno a cuatro, el empleador y el empleado individual deberán pagar primas de seguro médico básico sobre la base del subsidio por discapacidad.
Artículo 36
El empleado que se encuentre incapacitado por razón del trabajo y esté identificado como incapacidad de quinto o sexto grado, gozará de los siguientes beneficios:
( 1) ) paga una prestación única por invalidez del fondo del seguro de accidentes laborales en función del nivel de invalidez. Los estándares son: mi salario es de 18 meses por discapacidad de Nivel 5 y de 16 meses por discapacidad de Nivel 6.
(2) Mantener la relación laboral con el empleador, y el empleador organizará el trabajo adecuado; Si resulta difícil encontrar trabajo, el empleador pagará una prestación mensual por incapacidad. Los estándares son: el nivel 5 de discapacidad es el 70% del salario del empleado, el nivel 6 de discapacidad es el 60% del salario del empleado y el empleador deberá pagar las primas de seguro social requeridas por las regulaciones. Si el monto real del subsidio por discapacidad es inferior al estándar de salario mínimo local, el empleador deberá compensar la diferencia.
A propuesta del empleado, éste puede rescindir o disolver la relación laboral con el empleador. El fondo del seguro de accidentes laborales pagará un subsidio médico único por lesiones laborales y el empleador pagará. un subsidio único de empleo por discapacidad. Las normas específicas para los subsidios médicos únicos por lesiones relacionadas con el trabajo y los subsidios laborales únicos por discapacidad son formuladas por los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central.
Artículo 37
Si a un trabajador lesionado en el trabajo se le identifica una discapacidad de grados siete al diez, gozará de los siguientes beneficios:
(1 ) Según el grado de invalidez. Se paga una prestación única por invalidez del fondo del seguro de accidentes de trabajo. Los estándares son: 13 meses para incapacidad de grado 7, 11 meses para incapacidad de grado 8, 9 meses para incapacidad de grado 9 y 7 meses para incapacidad de grado 10.
(2) Vencimiento del contrato laboral y de empleo; o el propio empleado propone rescindir el contrato laboral y de empleo, el fondo del seguro de lesiones relacionadas con el trabajo pagará un subsidio médico único por lesiones relacionadas con el trabajo y el empleador pagará un subsidio de empleo por discapacidad único. Las normas específicas para los subsidios médicos únicos por lesiones relacionadas con el trabajo y los subsidios laborales únicos por discapacidad son formuladas por los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central.